MADRID 20 Abr. (EUROPA PRESS) -
Este lunes ha entrado en vigor la Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración del Estado, aprobada el pasado marzo por el PP, CiU y PNV, junto con la ley de control económico y financiero de los partidos políticos como un paquete contra la corrupción política. El propio presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, presentó estas medidas ante el Congreso.
La norma establece un régimen integral de obligaciones y cautelas que se inician con anterioridad al nombramiento del alto cargo por el Consejo de Ministros, y que se extienden hasta los dos años siguientes en los que la situación patrimonial y profesional de estos se sigue sometiendo al escrutinio de la Oficina de Conflictos de Intereses.
La iniciativa contó con el voto en contra del grueso de la oposición parlamentaria porque entendió que "no aporta nada nuevo" con respecto a la regulación actual y no sirve para regenerar la democracia y poner un muro contra la corrupción.
Los altos cargos deberán demostrar idoneidad tanto profesional como no haber sido condenado en sentenci firme o inhabilitado para cargo público, o expedientados por infracción grave, entre otros asuntos. El PP se negó a incluir la imposibilidad de que accedieran al cargo imputados argumentado que iría contra la presunción de inocencia.
Además, se porhibe con carácter general el uso de tarjetas de crédito, se regula el uso de vehículos oficiales, los gastos de representación y las atenciones protocolarias y se fija el régimen de prevención de conflictos de intereses.
INFORMES SOBRE CONFLICTOS DE INTERESES
Entre otros, se limita la disposición de patrimonio en sociedades que pudieran tener relaciones contractuales con el sector público y restricciones sobre la gestión de activos financieros. Además, se establece un régimen de limitaciones de otras actividades y su comunicación a la Oficina de Conflictos de Intereses, que enviará informes al Parlamento.
Por otro lado, los altos cargos a partir de ahora deberán entregar las declaraciones de IRPF y Patrimonio (o equivalente) del año en curso y de los dos ejercicios anteriores, así como certificación de la Agencia Tributaria de que está al corriente de todas sus obligaciones fiscales.
Esta documentación la entregará el alto cargo cuando cese y durante los dos años siguientes siempre que solicite el inicio de una actividad privada.
REGULACIÓN DE LAS 'PUERTAS GIRATORIAS'
Los altos cargos deberán pasar un periodo de dos años de incompatibilidad tras el cese y con respecto a las denominadas 'puertas giratorias', el paso a la empresa privada, la norma señala que será incompatible entrar en una sociedad sobre la que se hayan adoptado resoluciones y también cuando el alto cargo haya intervenido en fases, si ha participado en la elaboración de un informe preceptivo o ante la presentación de una propuesta.
Por otro lado, se examinarán las situaciones patrimoniales de los altos cargos a lo largo de su mandato, con el fin de detectar si se han producido incrementos patrimoniales no justificados, de lo que se informará al Gobierno semestralmente.