El TSJN condena al Gobierno foral a una indemnización de 18 millones por no evitar daños en las protestas de Arozteguia

El Ejecutivo recurrirá la decisión judicial ante el Tribunal Supremo

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona.
Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona. - Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo
Europa Press Navarra
Publicado: miércoles, 1 julio 2026 14:11

PAMPLONA, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dictado tres sentencias que determinan la responsabilidad patrimonial del Ejecutivo foral por "no evitar" daños en las protestas contra el proyecto del Palacio de Arozteguia y condena al Gobierno a pagar una indemnización de alrededor de 18 millones de euros.

El Gobierno de Navarra recurrirá las sentencias ante el Tribunal Supremo, según ha anunciado el portavoz del Ejecutivo foral, Javier Remírez, en la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno.

Remírez ha explicado que estas sentencias estiman parcialmente las reclamaciones de responsabilidad patrimonial del Hotel Palacio de Arozteguia S.L., la Junta de Compensación y Palacio de Arozteguia S.L, que sumaban en conjunto un importe de más de 26 millones de euros. Tal y como ha indicado Remírez, el TSJN "reconoce un derecho al cobro por indemnización por responsabilidad patrimonial del 75%, es decir, alrededor de 18 millones de euros".

Las sentencias, ha indicado, "aprecian una inactividad" de la Policía Foral, "al no evitar la producción de daños en los altercados que se produjeron por la oposición al proyecto y que, según los reclamantes, han impedido el desarrollo del proyecto". Igualmente, se reconoce "una participación en la culpa de los reclamantes al no haber adoptado medidas para evitar los sabotajes, por lo que la indemnización se minora en un 25%".

Remírez ha recordado que las reclamaciones iniciales se plantearon ante el Gobierno de Navarra pero también ante la Administración General del Estado, al entender que había "inactividad" tanto de la Policía Foral como de la Guardia Civil. Ambas administraciones desestimaron las reclamaciones, "previos dictámenes del Consejo de Navarra y del Consejo de Estado", al considerar que "jurídicamente no se daban los supuestos que daban lugar al reconocimiento de la responsabilidad patrimonial".

Remírez ha apuntado que la Audiencia Nacional desestimó "íntegramente las reclamaciones" argumentando que la intervención de las Fuerzas de Seguridad del Estado "había sido conforme con los estándares normales y exigibles de actuación" y que la empresa responsable del proyecto, "a pesar de la insistencia en su necesidad y de las recomendaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no adoptó ninguna medida de protección de obras". Remírez ha recordado también que la Audiencia Nacional "determinó que las obras eran ilegales al declararse nula de pleno derecho la adjudicación de las mismas, tanto en vía administrativa como en vía judicial".

Por el contrario, Remírez ha señalado que el TSJN ha considerado que "hubo una inactividad de la Policía Foral que, al no parar los sabotajes, haya podido influir en la paralización del proyecto, generando con ello un daño por las obras ejecutadas y un lucro cesante".

Remírez ha opinado que "llama la atención" que el TSJN "vaya en contra de la tesis argumental" del Gobierno central y foral, del Consejo de Estado y del Consejo de Navarra, y de la Audiencia Nacional, "que defendían, todos ellos, que las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad fueron correctas" y que las obras "eran ilegales".

Asimismo, ha resaltado la existencia de un "voto discrepante" en la sentencia por parte de una magistrada que sostiene que "las reclamaciones deben ser desestimadas". Este voto particular hace referencia a que las obras se ejecutaron por la promotora del proyecto "conociendo que eran ilegales, dado que la adjudicación había sido declarada nula de pleno derecho, tanto en la vía administrativa como en la vía judicial, por haberse vulnerado los principios de transparencia e igualdad de trato".

La magistrada discrepante añade, además, que "la jurisprudencia exige, para apreciar el daño efectivo generador de responsabilidad patrimonial, que el daño sea real y no meramente hipotético", ya que "no se acredita la imposibilidad de continuar con el proyecto" y, por tanto, "no se puede apreciar ningún tipo de responsabilidad patrimonial".

Asi las cosas, Javier Remírez ha indicado que en el Gobierno de Navarra "respetamos, pero no compartimos, el fallo no unánime" de las sentencias dictadas por la sala de lo contencioso administrativo del TSJN, mientras que comparte "totalmente" el criterio manifestado en el voto particular por la magistrada discrepante. Igualmente, ha llamado la atención ante el hecho de que el TSJN no haga mención "para nada" a la reciente sentencia de la Audiencia Nacional "donde se señala que la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad fue acorde a lo previsto con las normas".

Además, ha afirmado que "la realidad a día de hoy es que este proyecto se puede retomar cuando se quiera porque las licencias siguen vigentes". Por todo ello, el Gobierno de Navarra va a recurrir estas tres sentencias ante el Tribunal Supremo.

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