Actualizado 21/11/2006 18:30

Crónica ETA (2).- El Supremo no decidirá si Jarrai es una organización terrorista hasta después de Navidades

- Prorroga por 30 días hábiles el plazo para dictar sentencia dada la "gran complejidad" del caso

MADRID, 21 Nov. (OTR/PRESS) -

No será hasta después de Navidades cuando el Tribunal Supremo decida si la organización juvenil proetarra Jarrai, y sus sucesoras Segi y Haika, son organizaciones terroristas o, como dictó la Audiencia Nacional, son simplemente asociaciones ilícitas. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió hoy prorrogar por 30 días hábiles más el plazo para dictar sentencia alegando la "gran complejidad" del caso. Esto supone que el Supremo deberá determinar si la organización juvenil abertzale es una organización terrorista antes del próximo 18 de enero.

En el auto dictado hoy, el Supremo afirma que la causa de la que procede el recurso que examina presenta "gran complejidad, dada la problemática fáctica y jurídica" esgrimida por las partes a la hora de defender sus alegaciones. Y en este sentido, recuerda los 71 motivos de casación alegados por los condenados y los de las acusaciones pública y popular, así como que la causa presenta un "gran volumen", ya que tiene más de 30.000 folios.

El pasado día 16 se celebró la vista y, aunque nada más terminar la misma, el tribunal se reunió para deliberar -y lo ha seguido haciendo en los días sucesivos- entiende que no habría llegado a ninguna conclusión en el plazo de 10 días hábiles previstos por la ley para dictar sentencia, por lo que prorroga el plazo otros 30 días hábiles más.

En estos intensos días de deliberaciones los cinco magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo han solicitado fotocopias del sumario para estudiar con detenimiento aspectos concretos de la causa en la que la Audiencia Nacional declaró en junio de 2005 a Jarrai y sus sucesoras, Haika y Segi, asociación ilícita no terrorista. La sentencia condenó a 24 de los 28 imputados por un delito de asociación ilícita, pero no por terrorismo.

PENAS DE HASTA 10 AÑOS

Al no considerarles como miembros de una asociación terrorista la sentencia impuso a los acusados penas que van desde los 2 a los 3 años y medio de cárcel. Considerarlos como terroristas, tal y como piden la AVT y el Ministerio Público en los recursos de casación que ahora examina el Supremo, supondría que los imputados se enfrentarían a penas de hasta 10 años de prisión.

En sus recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional la Fiscalía y la AVT -personada como acusación particular- solicitan que el Supremo les otorgue consideración de organizaciones terroristas, y para ello argumentan que la actividad desarrollada por Jarrai y sus herederas era "diseñada, controlada y coordinada" por ETA y completaba la desplegada por la banda terrorista.

La defensa, por contra, argumenta que "no es lo mismo quemar un cajero que matar a un hombre" y que declarar a estas organizaciones como terroristas sería hacer una interpretación muy expansiva de este concepto. En este sentido solicita que se desligue el concepto de "terrorismo a nivel sociológico o político del penal".

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