SEVILLA 3 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Confederación Andaluza de Asociaciones de Padres de Alumnos Católicos (Confapa) acusó hoy a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de "cercenar" la libertad de elección de centro de las familias en la enseñanza concertada, todo ello tras anunciar Educación que no renovará para el próximo curso los conciertos educativos a aquellos centros públicos y privados concertados cuyo alumnado está sujeto a una distinción de sexo, unas condiciones que actualmente se mantienen en once centros andaluces.
En un comunicado de prensa, el presidente de Confapa, Juan María del Pino, precisó que en Sevilla existen cinco centros concertados con estas características, como son los colegios Nuestra Señora de Lourdes y Ángela Guerrero, ambos regidos por las Hermanas de la Cruz, y Albardar, Ribamar y Altair, estos últimos centros corporativos del Opus Dei.
En este sentido, consideró que "difícil va a resultar a las autoridades administrativas la explicación a la sociedad de intentar hundir a estos centros, que prestan un inestimable servicio social y pedagógico, con plena satisfacción de las familias".
Así, se preguntó si "serán capaces de cerrar los colegios a las Hermanas de la Cruz porque en sus reglas se contempla la gratuita y cristiana educación de niñas necesitadas", y llamó a la lucha cívica para que "el bien que durante tantos años han dado estos centros a las familias cristianas no se vea empañado por unas normas cuyo único fin es entorpecer la libertad de los padres católicos".
El departamento que dirige Teresa Jiménez publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del pasado día 5 de enero la orden por la que establece las normas que regirán la convocatoria para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación de los mismos a partir del curso académico 2009/2010.
La resolución, consultada por Europa Press, recoge en el punto 17 una serie de obligaciones de las personas física o jurídicas titulares de los centros y, concretamente en su apartado cinco, señala que "la persona física o jurídica titular del centro se obliga al cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente sobre escolarización del alumnado, especialmente en lo relativo a la no discriminación por las razones que en dicha normativa se contemplan en desarrollo del artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo".
Consultando este artículo, el mismo señala, en referencia a la admisión de alumnos y la escolarización en centros públicos y privados concertados, que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Así, los once centros que actualmente discriminan por razón de sexo son, en Sevilla, los centros Ángela Guerrero, Albayda, Ribamar y Altair, además de Nuestra Señora de Lourdes (Carmona); en Córdoba Ahlzahir y Zalima, en la capital, y Torrealba (Almodóvar del Río) y Yucatal (Posadas); en Almería el centro de FP Campomar (Aguadulce), y en Granada El Soto de Chauchina.