El TJUE señala que la evaluación de impacto ambiental de proyectos de urbanización no puede depender solo de su tamaño

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Publicado: jueves, 25 mayo 2023 10:33

   BRUSELAS, 25 May. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado en su sentencia de este jueves que la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental de un proyecto de urbanización no puede depender exclusivamente de su tamaño.

   En este sentido, especifica que la normativa de la UE se opone a que se fijen umbrales en un nivel tal que, en la práctica, la totalidad o casi totalidad de los proyectos de un determinado tipo quede de antemano excluida de la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental.

   La sentencia llega después de que la empresa WertInvest Hotelbetrieb solicitase a la ciudad de Viena (Austria) la concesión de una licencia de obras para un proyecto urbanístico situado en la zona del centro histórico de la capital austriaca, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

   El proyecto consistía en reordenar el lugar correspondiente mediante la demolición del actual hotel InterContinental y la construcción de varios edificios nuevos para uso hotelero, comercial, de conferencias, eventos, residencial y de oficinas y contemplaba también la construcción de una pista de hielo subterránea (en sustitución de la actual), un gimnasio subterráneo con piscina y un aparcamiento subterráneo, ocupando una superficie total de aproximadamente 1,55 hectáreas y una superficie construida bruta de 89.000 metros cuadrados.

   Ante la falta de resolución de la Administración municipal sobre esta solicitud, la compañía interpuso una reclamación por omisión ante el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Viena, en la que solicitó que concediese la licencia de obras y alegaba que, en base a los umbrales y criterios establecidos en el la legislación austriaca, el proyecto no estaba sujeto a una evaluación de impacto ambiental, una cuestión que había quedado ya sin respuesta en otro litigio previo tras retirar la empresa la solicitud previamente presentada.

   El Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Viena, albergaba dudas sobre la compatibilidad de la ley austriaca con la directiva relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

   Mediante su sentencia de esta miércoles, el Tribunal de Justicia ha respondido que la citada directiva se opone a la normativa nacional austriaca que supedita la realización de una evaluación de impacto ambiental de algunos proyectos de urbanización, como es el caso, a que se superen umbrales de superficie ocupada de al menos 15 hectáreas y de superficie construida bruta superior a 150.000 metros cuadrados.

   El TJUE recuerda que es necesario tomar en consideración elementos como la localización de los proyectos, por ejemplo, fijando varios umbrales correspondientes a proyectos de diferentes dimensiones, aplicables en función de la naturaleza o de la localización del proyecto y si, como ocurre en este caso, el proyecto se sitúa en el espacio central de un lugar incluido en el Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO, el criterio relativo a la localización de los proyectos resulta especialmente pertinente.

   Además, la sentencia considera que en un entorno urbano en el que el espacio es limitado, los umbrales de ocupación consistentes en una superficie ocupada de al menos 15 hectáreas y en una superficie construida bruta superior a 150.000 metros cuadrados son tan elevados que, en la práctica, la mayoría de los proyectos de urbanización están de antemano excluidos de la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental, por lo que corresponde al Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Viena apreciar si la totalidad o la casi totalidad de los proyectos correspondientes queda de antemano excluida de esta obligación, lo que, en principio, no es compatible con la directiva de la UE.