OVIEDO, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado este miércoles el Decreto de medidas urgentes para la reparación de los daños causados en infraestructuras, equipamientos y servicios públicos y en bienes de titularidad privada por las lluvias e inundaciones ocurridas en el Principado entre los días 10 y 16 de junio. Se trata de ayudas "complementarias" a las estatales, según ha informado en rueda de prensa la consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, Ana Rosa Migoya.
La dirigente regional ha explicado que la existencia de este tipo de situaciones de emergencia de naturaleza catastrófica hace necesario articular mecanismos de colaboración y cooperación entre administraciones y establecer medidas y ayudas para reparar y paliar, en la medida de lo posible, las pérdidas sufridas y contribuir a una vuelta a la normalidad en las zonas afectadas.
Por ello, atendiendo a las necesidades que ha generado la situación en los ciudadanos, el Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana una serie de medidas dirigidas a mitigar los daños sufridos por la población en sus viviendas, enseres, en las explotaciones agrícolas y ganaderas, así como la afectación que han tenido los establecimientos comerciales, industriales, turísticos y de servicios.
Estas medidas también están dirigidas a posibilitar la normalización de las infraestructuras y los servicios públicos. En este sentido, se articulan medidas conjuntamente con las Administraciones Locales afectadas, para proceder a la reparación del restablecimiento de los bienes y servicios públicos.
Las ayudas y medidas reseñadas son complementarias y compatibles con las que puedan establecerse desde otras administraciones públicas, pudiendo ser beneficiarios de las mismas las personas físicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de vivienda por los daños causados en el inmueble o enseres, los titulares de establecimientos comerciales, industriales, turísticos y de servicios; los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, y los ayuntamientos.
LÍNEAS DE AYUDA
En materia de viviendas, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de las mismas. El objeto de las ayudas se extiende la destrucción total de vivienda habitual, daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, daños menos graves que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad en vivienda habitual y daños a comunidades de vecinos para reparación de elementos comunes.
Se entenderá por vivienda habitual, exclusivamente la que constituya el domicilio de residencia efectiva, continuada y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
En cuanto a la línea referida a establecimientos comerciales, industriales, turísticos y de servicios, podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas que sean titulares de establecimientos comerciales, industriales, de servicios y turísticos con menos de 50 empleados, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hubieran sido dañados, siendo necesario para el caso de los establecimientos turísticos que acrediten su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
Por lo que se refiere a ayudas al campo, podrán ser beneficiarios de las ayudas a explotaciones agrarias los agricultores a título principal que sean titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas y que tengan pólizas en vigor amparadas por el correspondiente plan de seguros agrarios combinados.
Por último, también se habilitarán ayudas a los Ayuntamientos, cuyo objetivo es colaborar para atender los daños provocados, así como los gastos extraordinarios en que hayan incurrido como consecuencia directa de las lluvias e inundaciones.
Cada Consejería competente hará pública una resolución en la que se establecerán los plazos y los requisitos para la presentación de las solicitudes así como las cuantías destinadas a los diferentes apartados de las ayudas previstas. Las consejerías afectadas son las de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, de Cultura y Turismo, de Bienestar Social y Vivienda, de Medio Rural y Pesca y de Industria y Empleo. Cada una deberán destinar recursos de sus propios presupuestos para este fin.