El Gobierno propone prohibir por ley a jugadores, atletas, entrenadores y directivos de club apostar en su deporte

Actualizado: domingo, 26 septiembre 2010 14:04

Establece sanciones de hasta 50 millones de euros por 'amañar' una apuesta

MADRID, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los jugadores, atletas, entrenadores y directivos de deportes como el fútbol o el baloncesto se quedarán sin poder apostar por su equipo o por cualquier otro en caso de que la Ley del Juego se apruebe en los mismos términos que está redactada en el anteproyecto que aprobó el Consejo de Ministros la semana pasada.

Así, en el anteproyecto, al que ha tenido acceso Europa Press, el Gobierno propone prohibir apostar a "los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento objeto de las apuestas". Además, también prohíbe apostar en esos eventos a "los directivos de las entidades deportivas".

No es la única prohibición que ha incluido el Ejecutivo en el anteproyecto para garantizar la legalidad de las apuestas y la protección de colectivos vulnerables. También se prohíbe apostar a "los árbitros o jueces que ejerzan sus funciones en el acontecimiento objeto de las apuestas", así como a los directores de la Comisión Nacional del Juego, órgano que regulará el juego en España.

Tampoco podrán apostar los "accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten aquellos".

Para proteger a los menores y personas que hayan desarrollado una ludopatía, el Ejecutivo también incluye sendas prohibiciones para los menores e incapacitados legalmente y las personas que voluntariamente hayan solicitado que les sea prohibido el acceso al juego.

En general, el anteproyecto prohíbe cualquier tipo de juego que "atente contra la dignidad de las personas, el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, contra los derechos de la juventud y de la infancia, o contra cualquier derecho o libertad reconocido constitucionalmente".

El anteproyecto establece una regulación para el sector del juego en España que tendrá que cumplir todas las empresas dedicadas al juego de ámbito estatal. La Comisión Nacional del Juego será el órgano encargado de otorgar las licencias para poder operar a estas empresas, así como de convalidar a los operadores reconocidos por otros Estados miembros de la Unión Europea.

El texto también obliga a los operadores a realizar una "gestión responsable del juego", lo que les compromete a "reducir cualquier riesgo de daño potencial a la sociedad prestando la debida atención a los grupos de riesgo", "colaborar activamente con las autoridades encargadas de la prevención del blanqueo de capitales" o "proporcionar al público la información necesaria para que pueda hacer una selección consciente de sus actividades de juego", entre otras obligaciones.

En cuanto a los derechos de los jugadores, el anteproyecto reconoce que los usuarios tienen derecho a obtener información "sobre las reglas del juego en el que deseen participar de manera clara y veraz" y "formular las reclamaciones contra las decisiones del operador que estimen oportunas ante la Comisión Nacional del Juego".

RÉGIMEN SANCIONADOR

El anteproyecto también recoge un régimen sancionador con sanciones que van desde multas de 100.000 euros para infracciones leves; de entre 100.000 euros y 1 millón de euros para las graves; y de entre 1 millón de euros y 50 millones de euros o la revocación de la licencia para infracciones muy graves.

Son consideradas sanciones muy graves alterar o manipular sistemas técnicos relativos a la obtención de premios, organizar apuestas sin licencia o 'amañar' los resultados. Mientras, son infracciones graves permitir el juego a personas que lo tienen prohibido o la concesión de préstamos a los jugadores.

NUEVO IMPUESTO

En cuanto al nuevo impuesto que va a gravar a las casas de apuestas, el anteproyecto establece distintas bases imponibles de acuerdo al tipo de juego que se trate. Así, el impuesto de las apuestas deportivas mutuas o de contrapartida, hípicas mutuas o de contrapartida, las rifas y los concursos se calculará sobre los ingresos brutos "definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que puedan obtener, directamente derivado de su organización o celebración".

Mientras, el impuesto que pagarán las apuestas deportivas cruzadas se calcularán sobre los ingresos netos, o lo que es lo mismo, el resultado de restar el dinero de todas las apuestas de la cuantía de los premios entregados. Por último, en juegos de combinaciones aleatorias la base imponible se calculará "sobre el importe total del valor de mercado de los premios" concedidos a los participantes.