MADRID, 16 Dic. (EDIZIONES)
Pongámonos en situación. Imaginémonos que estamos a día 22 de diciembre y que te ha tocado el 'Gordo' o alguno de los otros grandes premios del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Tras el champán, las fotos y demás frenesí de la celebración, seguro que surgen las grandes dudas: ¿Cuánto se lleva Hacienda? ¿Cómo puedo repartir mi premio con mi familia?
¿CUÁNTO SE LLEVA HACIENDA?
Los premios del sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad de importe inferior o igual a 40.000 euros no estan sujetos al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías. Esto quiere decir que los agraciados con el 'Gordo', que reparte 400.000 euros por décimo premiado, tendrán que 'compartir' con Hacienda 79.500 euros, mientras que los receptores del segundo premio (125.000 euros por décimo) cederán 24.500 euros y los ganadores del tercer premio (50.000 euros por décimo), un total de 9.500 euros. Estos importes son deducidos por la propia Administración de Lotería en el momento de cobrar su premio.
¿QUÉ HAY QUE TENER EN CUENTA SI EL PREMIO ES COMPARTIDO?
Un punto importante a tener en cuenta es si los agraciados deciden hacer como la protagonista del anuncio de la Lotería de 2016, Carmina, que regala su décimo premiado a su hijo. En este caso se trataría de una donación por lo que se debe enfrentar a una carga impositiva añadida, que varía en algunas comunidades.
La secretaria del Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Asturias, María Isabel Menéndez, ha recomendado a los premiados en declaraciones a Europa Press que "si se va a repartir el premio, hacerlo antes de cobrarlo". De este modo, cuando se den los datos del perceptor a la Lotería para que éste los transmita a Hacienda es aconsejable hacerlo "con los datos y la proporción de cada uno de los destinatarios finales" del dinero del sorteo de Navidad.
Este consejo también debe tenerse "muy en cuenta" cuando los décimos se hayan repartido en participaciones. "Los depositarios de éstos deberán recabar los datos fiscales de cada uno de los poseedores de las mismas", concluye la asesora.
TAPAR "AGUJEROS": ¿QUÉ HACER CON EL DINERO DE NUESTRO PREMIO?
Una vez ajustadas las cuentas con la Hacienda pública, el siguiente paso es decidir que hacer con el dinero que queda del premio. En este punto lo habitual es tapar los "agujeros" de nuestra economía. En cambio para decisiones de mayor cuantía es necesario plantearse cuál es la situación personal de cada uno.
Según explica Menéndez, una vez pagada la parte de impuestos en nuestra siguiente declaración a Hacienda se deberá tributar por los rendimientos que nos ha generado nuestro dinero.
Contratar un plan de pensiones es una opción que dependerá también de nuestra situación personal (edad, situación laboral, etc) y, además, hay que tener en cuenta que existe un límite para degravar este tipo de inversiones. Esta reducción sobre la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tiene un límite de 10.000 euros en los Presupuestos de 2021, 8.000 al plan de empresa y 2.000 al privado, si tenemos contratado uno.
Todas estas opciones, y otras como liquidar totalmente nuestra hipoteca, es recomendable consultarlas con un asesor legal y fiscal o con nuestra entidad bancaria para que nos aconsejen y nos ayuden a gestionar correctamente el premio para evitar futuros disgustos.