MADRID 4 Jul. (EUROPA PRESS) -
Una petición iniciada este miércoles por una barrendera en la plataforma ciudadana 'Change.org' ha recogido en apenas 24 horas más de 36.900 firmas para que se proteja de los golpes de calor a las personas que trabajan al aire libre.
"Soy barrendera y lo de estos días es angustioso. Barro a las 16:00 de la tarde, a más de 35 grados y al Sol. Luego vienen las tragedias y nos preguntamos por qué", señala Elvira Gómez, que trabaja como barrendera en las calles de Terrassa en las horas centrales del día.
Gómez dirige su petición a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, a quien reclama que se establezca una temperatura máxima legal para trabajos en exteriores, adaptaciones de horarios y reducción de jornada sin pérdida salarial durante episodios de calor extremo.
"Con suerte, nos dan 5 minutos de pausa por hora o una botella para todo el turno. Y eso no hay cuerpo que lo aguante", lamenta. Además, recuerda que ya se han producido varias muertes por golpes de calor en trabajos en entornos exteriores, la última hace solo unos días, de una compañera del sector de la limpieza urbana en Barcelona", apunta.
Elvira se pregunta por qué mientras, en oficinas, la ley dice que no se pueden superar los 27 grados centígrados, para trabajar en la calle "no hay límite". Asimismo, apunta que, aunque existe una norma (RDL 4/2023) que obliga a tomar medidas en alertas oficiales por calor, "eso no protege a quienes trabajan bajo el sol cuando hay 33-35 ºC sin alerta".
Además, señala que en otros países ya se están empezando a tomar medidas. "Por ejemplo en los Emiratos, el trabajo al aire libre se prohíbe en las horas centrales del día en verano. España, donde cada vez hay más olas de calor y duran más, no puede seguir mirando a otro lado", remarca.
El Consejo de Ministros aprobó en mayo de 2023 un decreto que contempla medidas en materia laboral para preservar la salud de las personas trabajadoras que desarrollan su actividad al aire libre.
Concretamente, se fija para las empresas la obligación de prever medidas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluida la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que estos concurran.
Estas medidas se sustentarán en una evaluación de riesgos laborales que tendrá en cuenta tanto las características de la tarea como las individuales de las personas trabajadoras.
En el supuesto en que se emita por las agencias de meteorología un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo que determine que las medidas preventivas anteriores no garantizan la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.