Más de 770 empresas se han adherido al 'Código sobre el uso de Influencers en la Publicidad', cerca de 80 en 2022

Europa Press Sociedad
Publicado: jueves, 17 noviembre 2022 13:27

MADRID 17 Nov. (EUROPA PRESS) -

Más de 770 empresas se han adherido ya al 'Código sobre el uso de Influencers en la Publicidad' de la Asociación Española de Anunciantes (aea) y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), cerca de 80 compañías en lo que va de 2022.

Así lo ha dado a conocer este jueves Autocontrol, que ha informado además de que el pasado 8 de noviembre tuvo lugar la segunda reunión de la Comisión de Seguimiento del Protocolo para el Fomento de la Autorregulación sobre Publicidad en Medios Digitales, cuyo objetivo es precisamente evaluar el funcionamiento del 'Código sobre el uso de Influencers en la Publicidad', así como establecer directrices y criterios de colaboración para su difusión.

De este modo, al encuentro asistieron los integrantes de la Comisión, representantes de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, del Ministerio de Consumo, de la aea, y de Autocontrol.

El Código establece un conjunto de normas para ayudar al correcto cumplimiento de la obligación legal de identificabilidad de los contenidos publicitarios difundidos por influencers. Así, en aquellos casos en los que la naturaleza publicitaria del contenido no sea clara y manifiesta, establece la obligación de incluir una indicación al respecto que debe ser explícita, inmediata y adecuada al medio y mensaje sobre la naturaleza publicitaria de tales menciones o contenidos.

En concreto, en estos casos se propone la utilización de indicaciones tales como "publicidad", "publi", "en colaboración con" o "patrocinado por", tanto en la publicación inicial del contenido, como cuando el influencer lo comparta.

El control del cumplimiento del Código se encomienda a Autocontrol y su Jurado de la Publicidad se encarga de resolver las reclamaciones recibidas por incumplimiento de las normas contenidas en el mismo.

Durante la reunión, Autocontrol presentó el 'Informe de actividad del Jurado de la Publicidad en relación con la aplicación del Código sobre el uso de Influencers en la Publicidad', correspondiente al periodo de enero a octubre de 2022.

Según ha revelado este jueves, en este periodo, se han resuelto 20 casos sobre publicidad de influencers, y 3 casos más se encuentran en tramitación. De las reclamaciones recibidas: 13 procedían de particulares y 7 de asociaciones de consumidores u organizaciones ciudadanas. El motivo principal de la mayoría de las reclamaciones presentadas se refiere a la falta de identificabilidad de la naturaleza publicitaria del mensaje o a la ausencia de una indicación explícita, inmediata y adecuada al medio y mensaje.

De los casos resueltos, en 12 casos el reclamado aceptó la reclamación, 3 fueron estimados por el Jurado, 4 fueron desestimados y en 1 caso el Jurado emitió un dictamen.

Además, en el seno de la Comisión de Seguimiento, Autocontrol puso de manifiesto algunos de los criterios interpretativos del Código que se desprenden de los pronunciamientos dictados por el Jurado hasta la fecha, con relación a los casos en que es necesario identificar la publicidad.

De la doctrina del Jurado se desprende, en primer lugar, que el uso de hashtags con la marca del producto o servicio promocionado, en la medida en que se puede producir tanto en post de contenido editorial como en post de contenido publicitario, no es suficiente por sí mismo para revelar el carácter publicitario de un mensaje.

En segundo lugar, se establece que el uso del término anglosajón "ad" tampoco es un recurso aceptable para desvelar la naturaleza promocional del mensaje que se difunde, puesto que no es un recurso que permita al consumidor medio advertir inequívocamente su carácter publicitario, ya que no puede descartarse que aquél desconozca su significado.

Finalmente, apunta que la aparición del hashtag que identifica la naturaleza publicitaria del mensaje (por ejemplo, @publi) en el contenido ampliado de la publicación en la red social (por ejemplo, Instagram) una vez que se ha pinchado sobre el botón "más", no es compatible con la obligación del Código según el cual la indicación o advertencia "ha de ser inmediata".

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