Las nuevas parejas de los progenitores pueden ser determinantes para la custodia compartida, según abogados de familia

Publicado: martes, 2 octubre 2018 12:43

MADRID, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

La presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), María Dolores Lozano, ha explicado que las nuevas parejas de los progenitores juegan "un papel fundamental" en la educación de los hijos de la pareja y pueden ser "un factor determinante a la hora de la concesión de la custodia compartida" por parte del juzgado.

"Los padrastros y madrastras han dejado de ser los malos", ha asegurado Lozano. Esta es una de las temáticas que se tratará en las XXIII Jornadas de Derecho de Familia de AEAFA en Sevilla, organizadas conjuntamente con el Colegio de Abogados de la capital andaluza, que tendrán lugar desde este jueves 4 hasta el viernes 5 de octubre en el salón de actos de la Facultad de Derecho.

Según indica Lozano, cuando un matrimonio con hijos se separa o divorcia y los progenitores inician nuevas relaciones sentimentales, hay cuestiones a resolver que la legislación española "no contempla dada la variada y compleja realidad social".

El uso del domicilio, la pensión compensatoria o la alimenticia son las principales cuestiones a resolver en las nuevas relaciones familiares, según precisa, al tiempo que advierte de que sin una legislación en España que dé respuesta a la nueva realidad social, son la doctrina y jurisprudencia de los tribunales los que se están encargando de regularla.

En concreto, la presidenta de AEAFA constata que cada vez se presentan más demandas en las que se solicita la extinción del derecho a uso de la vivienda familiar porque comienza a convivir un tercero ajeno a la familia.

"En la actualidad, se están dando muchos casos en los que no habiendo resuelto en el proceso de separación o divorcio la liquidación de la vivienda que fue domicilio familiar --sea privativa, ganancial o proindiviso--, el cónyuge o conviviente a quien no se le ha atribuido el uso de la vivienda debe seguir pagando la hipoteca, mientras pasa a ser ocupada por la nueva pareja de su anterior cónyuge", precisa.

Estas situaciones, en la mayoría de supuestos, "recrudecen el conflicto entre los excónyuges y exconvivientes, y en muchas ocasiones suponen abuso de derecho", comenta Lozano. Por ello, aconseja que una vez disuelto el matrimonio o producido el cese de la convivencia, se liquide también el patrimonio. De esta manera, "cada uno se adapta a vivir en adelante conforme a las nuevas circunstancias".

Otra de las incidencias con la aparición de una nueva pareja, según precisa, es la solicitud de que se extinga la pensión compensatoria que "antes se llevaba a cabo cuando se contraía matrimonio de nuevo o existía una convivencia de pareja similar a la matrimonial, y que en los últimos tiempos, se está extendiendo a la existencia de una relación sentimental aunque no exista una convivencia al modo tradicional", añade.

Lozano aconseja que la introducción de la pareja de uno o ambos progenitores en la vida de los hijos, se realice de forma "pausada y progresiva" hasta que se consolide la relación ya que, en ocasiones, de no hacerlo tomando en consideración las necesidades emocionales de los hijos, "puede ser perjudicial y provocar un rechazo frontal" en los niños.

En cambio, asegura que si se lleva a cabo un acercamiento acorde a sus necesidades, "mitigará o evitará el conflicto entre los progenitores y en los niños, para evitar un problema añadido".

En caso de crisis familiar, recomienda acudir a la abogacía especializada en Derecho de Familia, que cuenta con formación multidisciplinar para abordar adecuadamente la resolución del conflicto, y con sensibilidad enfocada al asesoramiento jurídico completo.

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