La reforma de la LOU irá al Congreso antes de agosto

Actualizado: viernes, 30 junio 2006 18:20


MADRID, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

El anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que el Consejo de Ministros estudió hoy para remitirlo al Consejo de Estado para su informe preceptivo, entrará en el registro parlamentario "a ser posible" antes de las vacaciones de verano, es decir, antes de agosto y contará con una memoria económica, a pesar de que las medidas de esta normativa no conllevan un coste elevado.

"El coste de esta ley no es elevado", aseguró la ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que explicó que, salvo cuestiones como la desaparición de los cuerpos de titulares y catedráticos de Escuela Universitaria, "no es una ley que tenga un aparato de memoria económica relevante".

Una vez que la reforma entre en el Congreso de los Diputados, queda todo el proceso parlamentario en el que, según la titular del Ministerio de Educación y Ciencia (MEC), se podrán incorporar algunas opiniones a la futura norma que "ahora echa andar", como considera que ya se ha hecho en el proceso previo y "largo" de discusión con rectores y miembros del sector universitario. No obstante, concretó que intentará mantener su filosofía central "nueva" y sus objetivos.

En cuanto a las posibilidades de la reforma contra la endogamia universitaria, Cabrera mostró su deseo por acabar con ese término porque opina que "muchas veces" se remite a cuestiones "que no son exactamente endogamia". "Lo que sí vamos a procurar es conseguir el máximo de movilidad entre el profesorado y el objetivo fundamental de que las universidades que decidan apostar por contratar a los mejores profesores e investigadores puedan hacerlo", afirmó.

Tras insistir en que se trata de "flexibilizar y abrir" el proceso, la ministra dijo no creer que exista ningún sistema de acceso al profesorado que pueda garantizar "con seguridad" el fin de la endogamia puesto que "siempre habrá alguien que inventará la manera de esquivarlo". "Creo que lo mejor es dejar que las universidades ejerzan su autonomía", sentenció sobre esta cuestión.

De sus medidas, Cabrera destacó "la concesión o el refuerzo" de la autonomía universitaria para adaptar los centros a su entorno y sus propios perfiles, pero a la vez con una "mayor rendición de cuentas" a la sociedad o "responsabilidad", para lo cual jugará una "función decisiva" la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Calidad (ANECA), que pasará a ser un ente público, cuya actividad de elevar informes se desarrollará de acuerdo a los principios de competencia técnica y científica, legalidad y seguridad jurídica e independencia y transparencia.

Por su parte, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, subrayó que la reforma universitaria persigue solucionar "deficiencias" y poner solución y "calmar" los problemas del sistema de enseñanza superior, en cumplimiento del compromiso recogido en el programa electoral socialista.

CONFERENCIA GENERAL DE UNIVERSIDADES PARA LAS CC.AA.

Entre otras novedades de la reforma universitaria, está la creación de una Conferencia General de Política Universitaria para la cooperación y coordinación entre la Administración general y las comunidades autónomas en materia de enseñanza superior. Para la negociación académica, estará el Consejo de Universidades, formado por el ministro, los rectores y cinco miembros designados por el titular del Ministerio para cuatro años.

El Consejo de Gobierno de la Universidad estará constituido por el rector, que lo presidirá, el secretario general y el gerente y un máximo de 50 miembros de la comunidad universitaria. De ellos, el 30 por ciento será designado por el rector; el 40 por ciento, por el Claustro de entre sus miembros, y el 30 por ciento, entre decanos, directores de Escuela y de Departamento e institutos universitarios de investigación.

Por su parte, el Claustro estará compuesto por el Rector, el secretario general, el gerente y un máximo de 300 miembros. Este órgano podrá convocar, con carácter extraordinario, elecciones a Rector a iniciativa de un tercio de sus componentes y con la aprobación de dos tercios. La elección del Rector será por el propio Claustro o por la comunidad universitaria mediante elección directa y sufragio universal, según indiquen los estatutos del centro universitario. En todo caso, se exigirá la igualdad entre los dos sexos en los órganos de gobierno de las universidades.

La Universidad podrá contratar personal docente o investigador como ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor, profesor asociado y profesor visitante o emérito, sin superar el 49 por ciento del total. En cuanto a la función pública (catedráticos y profesores titulares), los profesores podrán acceder al funcionariado previa obtención de una acreditación nacional, regida por los principios de "publicidad, mérito y capacidad", mediante examen y juicio de la documentación presentada por los solicitantes.

CONSEJO DE ESTUDIANTES Y COMITÉ DE DEPORTE UNIVERSITARIO

El Ejecutivo, oído el Consejo de Universidades, establecerá el procedimiento para la admisión de los estudiantes a las universidades, con respeto a los principios de "igualdad, mérito y capacidad", además de aprobar un Estatuto del Estudiante Universitario, que preverá la constitución, las funciones, la organización y el funcionamiento de un Consejo de Estudiantes. Los alumnos que participen en la vida universitaria podrán tener un "reconocimiento académico" por ello y se perseguirá la "plena integración" de los discapacitados.

Otra novedad es un capítulo sobre deporte, con la creación de un Comité Español de Deporte Universitario y la organización de campeonatos, entre otras cuestiones. Y también es reseñable que se abra la posibilidad de que el Gobierno y las comunidades autónomas podrán establecer programas de incentivos ligados a méritos individuales del profesorado vinculados a la mejora de la docencia y la investigación.

En el ámbito investigador, cabe destacar que las universidades y los organismos públicos de investigación (OPIS) podrán constituir institutos mixtos de investigación, con lo que podrá adscribirse el profesorado, y que la Universidad facilitará la compatibilidad en el ejercicio de la docencia y la investigación e incentivará el desarrollo de una trayectoria profesional y se fija como "derecho y deber" de los centros la transferencia de conocimiento. Así se respaldará la investigación universitaria, que supone el 70 por ciento de la investigación científica en España, recordó Cabrera.

En esta línea, el Gobierno, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la reforma, aprobará un estatuto del profesorado universitario para regular la estructura de una carrera funcionarial y otro del personal investigador de los centros públicos de investigación, también para regular una carrera basada en la obtención de méritos científicos.