Seis meses de prisión atenuada por embriaguez a un hombre que agredió a su ex pareja embarazada

Actualizado: martes, 14 julio 2009 16:30

SANTANDER, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha condenado a seis meses de prisión, al aplicarle la atenuante de embriaguez, a un hombre que agredió a su ex pareja sentimental que se encontraba embarazada.

Según relata la sentencia, hecha pública hoy, los hechos por los que ha sido condenado R.B.O., ocurrieron sobre las 22,30 horas del día 12 de julio de 2008, cuando el imputado acudió a un bar de la localidad de Vega de Villafufre, regentado por una mujer con la que había mantenido una relación sentimental desde el año 2005 de unos dos años de duración, y con la que aún mantenía contactos de dicha índole.

En este sentido, la sentencia aclara que de la lectura del contenido de los mensajes remitidos por ambos a sus respectivos teléfonos móviles, se evidencia, que al menos hasta el mes de abril de 2008, "ambos mantenían conversaciones con claras connotaciones e invitaciones de índole sexual, alternadas con insultos y recriminaciones propios de la conflictiva relación sentimental que mantenían".

En el bar el acusado mantuvo una actitud consistente en perseguir a su ex pareja e intentar hablar con ella contra su voluntad, hasta el punto de negarse a abandonar el local pese a que la mujer pretendía cerrar, produciéndose una fuerte discusión entre ambos en el interior del establecimiento, siendo reclamada la presencia de una patrulla de la Guardia Civil, la cual acudió al lugar sobre las 3,00 horas de la madrugada.

Una vez personada en lugar la patrulla de la Guardia Civil, ya de madrugada, y en el exterior del local, el acusado comenzó a discutir nuevamente con la mujer, de forma que en el curso de dicha discusión, el procesado se abalanzó contra ella sujetándola por el cuello y por el pelo, empleando la misma contra el acusado un spray de defensa personal, siendo separados por los agentes de la Guardia Civil que allí se encontraban.

La víctima, que en esos momentos se encontraba en estado de gestación, a consecuencia de la agresión de que fue objeto por parte del acusado, sufrió lesiones consistentes en "algias en toda la zona vertebral y ansiedad", para cuya curación precisó de una primera asistencia facultativa. De dichas lesiones tardó en curar 22 días, todos ellos impeditivos para el desempeño de sus ocupaciones habituales, curando sin secuelas.

En fecha 14 de julio de 2008, el Juzgado de Instrucción número 2 de Medio Cudeyo dictó orden de protección imponiendo al acusado la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la persona, domicilio y lugar de trabajo de la víctima y comunicar con ella por cualquier medio o procedimiento.

Según relata la sentencia, desde que llegó al bar, el acusado estuvo consumiendo diferentes bebidas alcohólicas, lo que motivo que sus facultades intelectivas y volitivas se encontraran ligeramente mermadas cuando se produjo el acometimiento.

Esta circunstancia es tenida en cuenta por la juzgadora que, a la hora de imponer la pena al procesado, aplica la atenuante de embriaguez, al considerar acreditado, a la vista de lo declarado por todos los testigos, que el acusado, cuando se abalanzó sobre la víctima, se encontraba bajo la influencia de las bebidas alcohólicas previamente ingeridas, lo que afectaba ligeramente sus facultades intelectivas tal y como así estimó el Ministerio Fiscal.

Así, la sentencia condena al procesado, como autor de malos tratos en el ámbito familiar, con la atenuante analógica de embriaguez, a la pena de seis meses de prisión, y le impone la prohibición de que se aproxime a una distancia inferior a 200 metros, tanto a la persona de la víctima, como a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que la misma frecuente, así como que se comunique con ella por cualquier medio o procedimiento informático o telemático, escrito verbal o visual, por un tiempo de un año y seis meses, condenándole asimismo al pago de la mitad de las costas.

Igualmente, deberá indemnizar a su ex pareja con la cantidad de 1.100 euros.