El Supremo rebaja a 18 años de prisión la pena del asesino de su ex novia Anabel Gutiérrez

Actualizado: viernes, 8 enero 2010 17:24

OVIEDO, 8 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rebajado la condena de 20 a 18 años impuesta hace unos meses a Juan Antonio Santiago Abad por el asesinato de su ex novia Anabel Gutiérrez por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), según informaron fuentes jurídicas a Europa Press. Inicialmente, el Tribunal del Jurado le condenó a 23 años de prisión.

Anabel Gutiérrez Tielve tenía 30 años y residía con su familia en el barrio avilesino de Llaranes cuando desapareció la noche del 14 de junio de 2007 tras haber sido vista con su ex compañero sentimental por los bares del barrio de Villalegre, tomando sidras. El TSJA consideró que Juan Antonio S.A. fue responsable de un delito de asesinato con alevosía y las agravantes genéricas de parentesco y aprovechamiento de las circunstancias de tiempo y lugar, pero no de ensañamiento como había apreciado el jurado en su veredicto.

El jurado popular declaró el pasado 30 de octubre culpable de asesinato a Juan Antonio Santiago Abad, de 35 años por matar a golpes a su ex novia en el monte de la Degollada, en Candamo. Los miembros del jurado consideraron probado que terminó con la vida de la joven con "alevosía y ensañamiento".

El jurado declaró probado también el agravante de alejamiento y nocturnidad, así como el de parentesco ya que entendían que la víctima seguía manteniendo una relación con el agresor. En su veredicto acordaron por unanimidad que el procesado cometió el crimen con alevosía al entender que se aprovechó de la situación de indefensión de la víctima, y que actuó con ensañamiento (siete votos a favor y dos en contra), puesto que "alargó el sufrimiento de la víctima" dejándola oculta tras unos matorrales.

Sin embargo, el TSJA al igual que el Tribunal Supremo estimaron en su revisión de la sentencia que el hecho de que el asesino se ausentara del lugar del crimen después de esconder el cadáver de la víctima entre la maleza "sin cerciorarse de si la misma vivía o estaba muerta responde a la intención de procurar su impunidad ocultando el cuerpo del delito pero no a una voluntad consciente y deliberada de aumentar el sufrimiento con males innecesarios que es lo que técnicamente constituye la agravante de ensañamiento".