Cómo se conceden los títulos nobiliarios en España

Escudo de la Casa de Alba
Foto: WIKIPEDIA
Actualizado: lunes, 24 noviembre 2014 13:16

MADRID, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

Este 20 de noviembre ha fallecido en el Palacio de las Dueñas de Sevilla Cayetana Fitz-James Stuart y Silva, XVIII Duquesa de Alba. Se trataba de la aristócrata con más títulos nobiliarios del mundo, sumando un total de 46: 15 de ellos con Grandeza de España y 31 otros sin ella.

Además de su fuerte carácter honorífico, los títulos nobiliarios se asociaban en siglos pasados a fueros y privilegios. En la actualidad, en una democracia con igualdad ante la ley y ya entrado el siglo XXI, ¿qué implica poseer un título nobiliario? ¿Quién lo concede? ¿Qué significa la Grandeza de España? ¿Qué diferentes títulos hay? En este artículo repasamos estas y otras cuestiones.

TÍTULOS REALES

En primer lugar, hay que diferenciar los títulos reales de los títulos nobiliarios. Los títulos reales son dignidades asociadas a la Corona y no pueden ser consideradas títulos nobiliarios. En España son de tres tipos:

- Rey o Reina de España: es el titular de la Corona.

- Príncipe de Asturias o Princesa de Asturias: es el heredero de la Corona.

- Infante de España: son los hijos del Rey que no tengan dignidad de Príncipe o Princesa, más los hijos de este o esta. Además, el Rey tiene la facultad de conceder esta dignidad a otras personas.

TÍTULOS DE LA CASA REAL

Estos sí son títulos nobiliarios. No obstante, los títulos de la Casa Real son un tipo especial de título nobiliario que no se rige por las mismas normas que el resto. Son títulos graciables (es decir, que se pueden otorgar graciosamente, sin sujeción a precepto), concedidos por el Rey  a miembros de su Familia con carácter vitalicio.

En la actualidad hay cuatro personas autorizadas a utilizar un título de la Casa Real:

- Pilar de Borbón, duquesa de Badajoz

- Margarita de Borbón, duquesa de Soria

- Elena de Borbón, duquesa de Lugo

- Cristina de Borbón, duquesa de Palma de Mallorca

TÍTULOS NOBILIARIOS EN GENERAL

Los títulos nobiliarios son otorgados por el Rey, que también sanciona cada una de las sucesiones en los mismos. Entre las funciones del titular de la Corona que enumera el artículo 62 de la Constitución está "conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes". La forma de tramitarlo consiste en un Real Decreto, firmado por el ministro de Justicia, que se publica en el BOE.

En uso de esa facultad, el Rey Juan Carlos I otorgó durante su reinado 55 títulos nobiliarios, distinguiendo a caras conocidas como Adolfo Suárez, Torcuato Fernández-Miranda, Salvador Dalí, Camilo José Cela, Mario Vargas Llosa, Vicente del Bosque o Antonio Mingote.

Los títulos nobiliarios pueden llevar o no aparejada Grandeza de España. La Grandeza de España es la máxima dignidad de la nobleza española en la jerarquía, porque está situada inmediatamente después de la de infante reservada a los hijos y nietos del Rey salvo excepciones (recordemos que el Rey puede designar infantes).

La Grandeza de España es hereditaria y su origen se remonta a la monarquía visigoda (siglos V a VIII), aunque su regulación se actualiza en los tiempos de Carlos I.

Los títulos con Grandeza de España conllevan el tratamiento de Excelentísimos Señores, mientras que los que reciben un título sin Grandeza de España se tienen que conformar con el tratamiento de Ilustrísimos Señores. El Ducado siempre se concede con Grandeza de España incorporada. Dicho de otra forma, todos los Duques y Duquesas son grandes de España.

A continuación del Ducado, y siguiendo el orden de jerarquía, están estos títulos nobiliarios:

- Marqués/Marquesa: los orígenes de este título se remontan a los señores de frontera del reino, a quienes se llamaba marqueses porque tenían a su cargo la defensa de una frontera y la administración de una marca (territorio fronterizo). En la actualidad hay en España unos 1.300 marquesados.

- Conde/Condesa: el condado era en la Edad Media un territorio regido por un conde. Actualmente el término (county en inglés) se utiliza para la división administrativa en algunos países angloparlantes, tales como Estados Unidos, Reino Unido, Canadá o Australia. En este sentido equivale al 'municipio' español. Actualmente existen en España unos 1.000 condados.

- Vizconde/Vizcondesa: este título también encuentra su origen en la época medieval, cuando el vizconde ejercía las funciones del conde como su sustituto en un territorio. El Rey Felipe IV de Austria estableció el llamado vizcondado previo, es decir, la obligatoriedad de conceder el título de vizconde antes que el de conde o marqués, suprimiéndose el primero una vez otorgado el superior. En la actualidad existen unos 150 vizcondados en España.

- Barón/Baronesa: en la Alta Edad Media y en algunas lenguas europeas, el término hacía referencia al varón libre, y por esto con la posible calidad de noble. En la época feudal, el título designa a un Señor ilustre que goza de todos los derechos feudales en perfecta plenitud. La baronía era el territorio donde ejercían su jurisdicción. Desde mediados del XIX, el título es puramente honorífico. Actualmente hay unas 170 baronías en España.

- Señor/Señora: el señorío es otra institución propia de la Edad Media y la Edad Moderna en España. Surgió en los reinos cristianos del norte de la Península y con la Reconquista se fue extendiendo al resto del territorio. En su forma original se trataba de una donación hereditaria de tierras y vasallos, incluida la jurisdicción (la potestad de aplicar la ley), que concedía el Monarca conforme a su merced (voluntad) como pago por servicios prestados o recompensa a méritos adquiridos.

Hoy en día subsisten siete señoríos con la consideración de títulos del Reino: el Señorío del Solar de Tejada, el Señorío de Alconchel, el Señorío de la Casa de Lazcano, el Señorío de la Casa de Rubianes, el Señorío de la Higuera de Vargas, el Señorío de Meirás y el Señorío de Sonseca.

Todos estos títulos mencionados, desde Marqués hasta Señor, se pueden conceder con o sin Grandeza de España.

Además, existe el título de Caballero, también de origen medieval y que suele estar asociado a las órdenes militares o de caballería, entre otras. En la actualidad existen Corporaciones Nobiliarias y Órdenes del Reino. El título de caballero siempre se concede sin Grandeza de España.

¿OTORGAN PRIVILEGIOS?

La respuesta es tan simple como corta: no. Actualmente la posesión de un título de nobleza no supone ningún privilegio legal. Desde hace ya tres décadas han quedado reducidos a su carácter honorífico y simbólico. El último privilegio, suprimido en 1984, fue el derecho a pasaporte diplomático por parte de los Grandes de España.

Por otra parte, los consortes legales de quienes ostentan dignidades nobiliarias, así como los cónyuges viudos mientras permanezcan en ese estado, disfrutan del mismo tratamiento y honores que sus cónyuges.  Las sucesiones en los títulos son tramitadas por el Ministerio de Justicia y el uso de los mismos está sujeto a impuestos.

Un aspecto que ha cambiado más recientemente es el de la antigua preeminencia del varón sobre la mujer a la hora de heredar estos títulos. Una ley aprobada en 2006 establece la igualdad entre el hombre y la mujer en el orden de sucesión.