Condenado a 24 años de cárcel por asesinar con una azada a su expareja

Juicio a acusado de asesinar a su expareja con una azada en Pinos Puente
Foto: Europa Press/Archivo
Actualizado: martes, 30 octubre 2012 16:08

GRANADA, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a un total de 24 años y medio de prisión a Juan H.F., de 69 años, por asesinar a su expareja con una azada en plena calle en Pinos Puente (Granada) el pasado 1 de julio de 2010. El tribunal atribuye al procesado un delito de asesinato con la agravante de parentesco, y otro de quebrantamiento, por el que tendrá que pagar dos tercios de las costas procesales.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados ponen de manifiesto que en este caso se produjo una "despiadada y violenta agresión", un ataque "que no puede sino calificarse de brutal e inclemente", cuya crueldad se constata además, según los jueces, al comprobar la clase de arma homicida, "una rústica herramienta propia de labores de campo".

   La Sección Segunda considera probado que el procesado y Rafaela R.C., de 41 años, mantuvieron durante cuatro años y ocho meses una relación sentimental con convivencia en la vivienda social de Pinos Puente que desde 28 años atrás tenía arrendada Juan a la Junta de Andalucía.

   La relación "discurrió de forma armoniosa y satisfactoria" para ambos hasta que en los dos últimos meses comenzó a deteriorarse hasta llegar a la ruptura total cuando Juan exigió a Rafaela que abandonara su casa, a lo que ésta se negaba "porque creía tener también derecho" a permanecer en ella. En ese contexto "de tensión", Juan, el 18 de mayo de 2010, interpuso denuncia contra Rafaela en el cuartel de la Guardia Civil del pueblo, asegurando que desde hacía unos meses "no paraba de buscarle la boca y discutir", que "le amenazaba con destrozar la casa y gastarse su dinero y se negaba a abandonar su domicilio".

   La mujer, por su parte, el 1 de junio siguiente lo denunció por "múltiples golpes y puñetazos" y por haberle amenazado con una escopeta de caza en días anteriores. Por esta segunda denuncia se incoaron diligencias en un juzgado de Violencia sobre la Mujer, que otorgó protección a la denunciante imponiendo a Juan la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de ella, y obligándole a abandonar la vivienda en la que residía. El 22 de junio, el Juzgado de lo Penal 6 de Granada absolvió al hombre del delito de amenazas y lesiones leves por las que había sido acusado, dejando sin efecto las medidas cautelares adoptadas.

   Ignorante sin embargo Juan del resultado favorable del proceso, ya que aún no se le había notificado la sentencia, y "extremadamente resentido" con Rafaela "por haberle expulsado de su casa y decidido a no dejarle que se saliera con la suya", sobre las 12,30 horas del 1 de julio de 2010, provisto de una escardilla o azada, decidió salir en su ciclomotor en su busca "tras meditarlo".

   Encontró a la mujer en la calle Real de Pinos Puente, y, tras apearse del vehículo, empuñó la azada y "colocándose sigilosamente" detrás de Rafaela "para eliminar cualquier posibilidad de que se apercibiera de su presencia", ya que padecía una grave deficiencia visula, le asestó un primer golpe con la pala de la azada a la altura del hombro derecho, a los que siguieron una "lluvia de golpes" más, según el tribunal, que la dejaron abatida en el suelo, donde Juan siguió arremetiendo contra ella "con un número indeterminado de golpes", los últimos en la cabeza, que le ocasionaron la muerte.

   El hombre "no cesó de golpear el cráneo de Rafaela" hasta que un viandante de entre las varias personas que observaban la escena consiguió arrebatarle la azada cuando la alzaba una vez más, contestando a esa persona que "para qué iba a ayudarla si ya estaba muerta". Seguidamente, "y con toda tranquilidad", anunció que se marchaba a la Guardia Civil a entregarse, y abandonó el lugar en el ciclomotor, a bordo del cual fue interceptado en las inmediaciones del cuartel, donde fue detenido por un agente al que "comentó espontáneamente con toda frialdad que estaba orgulloso de lo que había hecho", "que como ella le iba a quitar la casa, antes la había quitado él de en medio, y que era inocente porque la culpable era ella".

   Además de la pena de prisión, la Audiencia le impone al acusado el pago de una indemnización al hijo de la fallecida de 100.000 euros, a su madre de 26.000 euros, y pide que se determine la edad y el régimen de tutela al que están sometidos sus otros tres hijos para determinar la responsabilidad civil que les correspondiera. Asimismo, le prohíbe al acusado residir y acudir a la localidad de Pinos Puente por diez años, así como aproximarse a la familia de Rafaela a una distancia inferior a 500 metros, en una resolución contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.