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Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 05/08/2009 14:06

Federación Española de Naturismo recurrirá la ordenanza municipal que prohíbe el nudismo en las playas de Cádiz

   La Federación Española de Naturismo (FEN) anunció hoy que recurrirá la ordenanza municipal de uso y disfrute de las playas de la ciudad de Cádiz que prohíbe expresamente el nudismo en las playas de la capital, pudiendo sancionar esta práctica con multas de hasta 750 euros.

   La ordenanza, a la que tuvo acceso Europa Press, entró en vigor el pasado 18 de julio tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. La normativa considera el nudismo como "infracción leve", lo que podría acarrear multas de entre 100 y 750 euros.

   Fuentes municipales aseguraron a Europa Press que, por el momento, la Policía Local no ha procedido a imponer ninguna multa, si bien ha estado "informando" a los bañistas sobre la nueva ordenanza y la prohibición de practicar nudismo.

   Concretamente, se prohíbe esta actividad en las playas urbanas consolidadas --La Caleta, Santa María del Mar y La Victoria--. En las playas naturales sin protección especial, es decir, La Cortadura, sí está permitido "siempre y cuando exista una zona habilitada para ello", dándose la circunstancia de que en dicha playa no existe zona habilitada.

   Según la ordenanza, las normas tienen por finalidad regular las actividades que se realicen en las playas con el fin de "proteger la salud publica, la integridad física y seguridad de las vidas humanas y el medio ambiente, así como conseguir una mejora de la imagen turística de la ciudad".

UNA PROHIBICIÓN "ILEGAL Y ANTICONSTITUCIONAL"

   El presidente de FEN, Ismael Rodrigo, aseguró hoy que esta ordenanza es "ilegal y anticonstitucional", puesto que "los ayuntamientos no pueden sacar las normas que les dé la gana y restablecer delitos que han sido abolidos del Código Penal".

   En este sentido, argumentó que los ayuntamientos pueden hacer lo que les permiten las leyes estatales o autonómicas en su caso, añadiendo que en "el año 89 y después en el 95, el Código Penal retiró el delito de escándalo público" y "un ayuntamiento no puede reponerlo, porque de este modo cada ayuntamiento tendría su propio código penal y comportarse como un mini-estado", lo que "no tiene ningún sentido".

   Por otra parte, aludió a la Ley de Costas, que "no da potestad a los ayuntamientos para decidir sobre el asunto". Según recordó, era una competencia municipal en la anterior Ley de Costas, "en la de Franco", pero que "se retiró de la actual legislación", con lo que "claramente, la administración local no puede ejercer funciones de policía de moralidad".

RECURSO HASTA EL FINAL

   Por todo ello, Rodrigo aseguró que la FEN recurrirá la ordenanza, en primer lugar ante el Consistorio y, una vez éste "previsiblemente lo deniegue", están dispuestos a iniciar un Contencioso Administrativo y "llegar hasta el final".

   Según dijo, "la legislación es absolutamente clara en este sentido" y la FEN tiene la "certeza" de que ganará el pleito, "del mismo modo que se ha ganado en todos los sitios en los que se ha recurrido" y citó los casos de Alicante, Mataró (Cataluña) o Getxo (Vizcaya), que pueden consultarse en el enlace 'www.naturismo.org/legal.html'.

   Por otra parte, Rodrigo se preguntó si la citada ordenanza considera el 'topless' como nudismo, ya que "no lo especifica", y tampoco si los bebés serán considerados nudistas, puesto que la normativa establece que "en caso de que la persona infractora fuera menor de edad se exigirá la responsabilidad del padre, madre y/o tutor/a, guardador/a o persona responsable legal, sobre el pago de la sanción pecuniaria correspondiente, así como la reparación de los daños".

   Finalmente, el presidente de la FEN consideró que esta circunstancia superaría "lo ridículo" ya que "a este paso van a ir a los hospitales por si nacen los niños desnudos y multar a sus padres", ironizó.

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