CSIF-A acata la sentencia del TS sobre la Agencia de Medio Ambiente pero pide un convenio diferenciado para las agencias

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 22:00

SEVILLA, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

El sindicato CSIF-A ha asegurado que acata la sentencia del Tribunal Supremo (TS) donde se anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre los estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía, de forma que el Supremo ratifica los estatutos de dicha agencia.

No obstante, fuentes de CSIF-A demandan para el personal de esta agencia y del resto de agencias que forman los entes instrumentales de la Junta un convenio colectivo diferenciado y separado de los convenios de funcionarios y de personal laboral del Gobierno andaluz.

Fuentes de CSIF han indicado a Europa Press que "ya son varias las sentencias del Supremo en el mismo sentido, todas con los mismos argumentos, donde se apunta que el personal de estas agencias eran empleados públicos porque trabajaban en la Junta antes del proceso de reordenación".

El sindicato, que considera que estos trabajadores de las agencias "no son ni funcionarios ni laborales de la Junta", demanda que "se haga un convenio colectivo específico y diferenciado para este personal, separado de los convenios para el personal laboral y para los funcionarios". Ha precisado que actualmente cada agencia tiene su propio convenio colectivo, y CSIF reclama un solo convenio para todas las agencias y diferenciado de los de funcionarios y personal laboral.

Asimismo, reclama que "se cumpla la sentencia" en el sentido de que "estas personas son trabajadores de la Junta y pueden ser funcionarios de la Junta mediante un sistema de acceso o proceso selectivo de oposición bajo los requisitos y que garantice los principios de igualdad, mérito y capacidad y en libre concurrencia que el resto de ciudadanos, en cumplimiento del Estatuto Básico del Empleado Público".

Fuentes de CSIF-A han recordado que está pendiente de los recursos del Tribunal Constitucional sobre la reordenación y considera que el Supremo "no entra a valorar la reordenación, sino que nos sitúa en una antecedente previo a la Ley de Reordenación".

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