Las medidas cautelares por la declaración de Juan Llorens como zona ZAS se ponen en funcionamiento mañana

Actualizado: lunes, 20 julio 2009 13:47


VALENCIA, 20 Jul. (EUROPA PRESS) -

Las medidas cautelares adoptadas por el Ayuntamiento de Valencia a la espera del informe de la Generalitat que permita la declaración como Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de Juan Llorens

--que incluyen la intensificación del control del orden público, las limitaciones horarias y la prohibición de realizar determinadas actividades comerciales en la calle-- se pondrán en funcionamiento el martes, según publica este viernes el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valencia acordó el pasado 19 de junio remitir a la Conselleria de Medio Ambiente la propuesta de declaración del entorno de Juan Llorens como ZAS, una vez resuelto el trámite establecido por ley de presentación de alegaciones.

Además, a propuesta de la Concejalía de Sanidad, la Junta de Gobierno Local aprobó una serie de medidas cautelares de aplicación inmediata en esta zona, a la espera del informe de la administración autonómica. Posteriormente, la declaración será validada por el pleno del consistorio valenciano, con lo que la aplicación de las medidas será definitiva.

Entre las medidas que se van a aplicar se establece una intensificación del control del orden público mediante el incremento de los medios policiales (control de la contaminación acústica y de los horarios de apertura y cierre de los locales).

Asimismo, se determinan algunas limitaciones horarias. De este modo, será posible la ocupación del dominio público municipal con mesas y sillas únicamente en horario de 9.00 a 23.00 horas con carácter general, excepto los viernes y sábados y las vísperas de festivo, que será de 9.00 a 24.00 horas, detalla el texto oficial que recoge Europa Press.

Además, las "tiendas de conveniencia" y los locales de venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa o bebidas no podrán permanecer abiertos al público en la franja horaria comprendida entre las 24.00 horas y las 6.00 horas, precisaron.

En todo caso, queda prohibida la expedición de bebidas y alimentos al exterior de los locales y establecimientos, a través de ventanas o barras dispuestas al efecto y recayentes a la vía pública durante el horario nocturno (de 22.00 horas a 09.00 horas), a fin de evitar el aumento del nivel de ruido en el ambiente exterior. Estas medidas horarias cuentan con excepciones, como Fallas o Año Nuevo, y se extienden a los pubs y discotecas de la zona.