El PP en las Corts rechaza la petición de la oposición de incluir la adopción en la Ley de las uniones de hecho

Comisión De Coordinación De Las Corts Valencianes
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 20 septiembre 2012 17:00

Los 'populares' argumentan que ya está regulado y la oposición lo atribuye a cuestiones de "prejuicios"


VALENCIA, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

El PP ha rechazado las enmiendas de la oposición destinadas a incluir la adopción en la Ley de uniones de hecho formalizadas de la Comunitat Valenciana porque señalan que este derecho ya está regulado en el ordenamiento vigente. Sin embargo, los grupos de la oposición consideran que los 'populares' no incluyen este apartado en la ley por "prejuicio", por "no querer aceptar" que parejas del mismo sexo tengan derecho a adoptar o a acoger.

La ley ha superado así el trámite de debate de las enmiendas en la Comisión de Coordinación, Organización y Régimen de las Instituciones de la Generalitat y pasará a debatirse en el pleno de las Corts. Esta normativa, presentada por el pleno del Consell el pasado mes de abril dota de derechos patrimoniales y económicos a dos personas que conviven unidas por un vínculo de afectividad análogo al conyugal, con independencia de su orientación sexual, que registren formalmente, en registro público, esta relación.

Durante el debate de la norma, la oposición ha lamentado las "deficiencias" de la misma en apartados como el de la adopción, que "ni si quiera se nombra". En este punto, la 'popular' Verónica Marcos ha explicado que las uniones de hecho, incluso las no normalizadas, "ya tienen el derecho de adopción".

"La ley tiene muy claro que una unión de hecho formalizada o no formalizada tiene derecho a adoptar porque eso ya está regulado", ha subrayado Marcos, que ha asegurado que en el PP "estamos a favor de la adopción por parte de cualquier familia que quiera realizarlo".

La diputada del PSPV Ana Barceló, sin embargo, ha insistido en que ese argumento es una "hipocresía" porque en otras leyes aprobadas por el PP sí que se regulan aspectos ya contemplados en la normativa estatal. Lo que hacen es "obviar" este aspecto en la Ley de uniones de hecho, ha lamentado.

En este punto, la diputada de EUPV Esther López considera necesario un "compromiso" en el apartado de la adopción "para que la ley sea un avance para las uniones de hecho". Asimismo, el diputado de Compromís Fran Ferri ha indicado que hay "muchas parejas del mismo sexo" que tienen hijos fuera de España y que tienen "problemas para registrarlos como hijos propios cuando vienen a España", por lo que considera que esta ley podría resolver este problema "burocrático".

SUPUESTOS PARA RECHAZAR LA UNIÓN

Por otro lado, el PP, en los supuestos para rechazar la formalización de las uniones de hecho, se ha mostrado dispuesto a negociar rebajar a un segundo grado de consanguinidad, ya que el proyecto de ley lo establece en el tercer grado.

Asimismo, los 'populares' han aprobado una enmienda suya que introduce en la ley que no podrán formar unión de hecho quienes estén casados o casadas con otra persona, sin estar separados o separadas legalmente de la misma mediante sentencia judicial, y quienes mantengan una unión de hecho formalizada con otra persona.

Entre los aspectos que regula la Ley de uniones de hecho, se contempla como gastos comunes de la unión los necesarios para el mantenimiento de los miembros, hijos, alimentos, conserva o mantenimiento de la vivienda familiar u otros de uso necesario para la pareja; también los que tengan consideración legal de alimentos como son alimentos, vestimenta, gastos sanitarios y educativos. Por el contrario, no serán gastos comunes, los exclusivos de cada uno.

Asimismo, el proyecto de la Ley contempla la libre regulación de las relaciones personales y patrimoniales y las normas para liquidar la relación económica tras su extinción.

Además, se contempla como gastos comunes de la unión los necesarios para el mantenimiento de los miembros, hijos, alimentos, conserva o mantenimiento de la vivienda familiar u otros de uso necesario para la pareja; también los que tengan consideración legal de alimentos como son alimentos, vestimenta, gastos sanitarios y educativos. Por el contrario, no serán gastos comunes, los exclusivos de cada uno, entre otros aspectos.