Los titulares tienen 20 días para retirar la madera quemada en Gata

Consecuencias del fuego en Sierra de Gata
Foto: JA RODRÍGUEZ
Actualizado: viernes, 4 septiembre 2015 10:33

   MÉRIDA, 4 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La Junta de Extremadura ha declarado, mediante una resolución del consejero de Medio Ambiente y Rural, Santos Jorna, zona de actuación urgente los terrenos afectados por el fuego de Sierra de Gata iniciado el 5 de agosto y que, entre otras medidas, exige a los propietarios de suelo privado a retirar la madera quemada en 20 días, a no ser que autoricen a la Administración regional a realizar esta actividad con la consiguiente renuncia a todo aprovechamiento derivado de la misma.

   La Junta de Extremadura justifica esta resolución, publicada este viernes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) en la "grave situación" en que se encuentra parte de la comarca Sierra de Gata como consecuencia del "devastador" incendio, que ha "asolado" algo más de 1.363 hectáreas de monte público de titularidad autonómica y de 6.469 de monte privado.

   Estos terrenos privados se distribuyen entre los términos municipales de Acebo (4.435 has), Cilleros (391 has), Gata (105 has), Hoyos (1.156 has), Moraleja (105 has), Perales del Puerto (1.500 has), Villamiel (67 has) y Villasbuenas de Gata (70 has).

   La resolución hace referencia a la "urgencia" con la que ha de actuarse en el ámbito forestal para paliar algunos de los efectos negativos para los intereses generales derivados del referido incendio, teniendo en cuenta que una parte importante del terreno se encuentra en zonas con riesgo de erosión alta o muy alta.

   Esto supondrá "un importante aporte de materia orgánica a los cursos de agua" como consecuencia de la perdida de cobertura arbórea y daños en las pistas forestales, pasos de agua y otras infraestructuras de similar naturaleza, así como para evitar la producción de otras consecuencias adversas de ese mismo carácter general y forestal en razón, precisamente, a no actuarse con dicha urgencia.

   En concreto, se refiere a la propagación de enfermedades y plagas y en especial del nematodo del pino, dado que una "parte importante" del terreno incendiado se encuentra dentro de la zona demarcada de Valverde del Fresno, lo que obliga a una "inmediata trituración o retirada de los pies muertos".

   Al objeto de actuar con la referida urgencia requerida en orden a paliar determinados daños y evitar la producción de otros mediante la contratación de emergencia de las obras necesarias al efecto en aquellos supuestos en que los particulares no las realicen por sus propios medios.

ACTUACIONES URGENTES

   Por tanto, se aprueba como contenido de esta declaración la realización de "las actuaciones que, por su urgencia, entidad, afectación a los intereses generales y naturaleza forestal", se contemplan en la propuesta de Plan de Actuación elaborada por la Dirección General de Medio Ambiente.

   Asimismo, establecer "la exigibilidad de que, tratándose de terrenos privados, sean los propios titulares de los mismos quienes realicen la retirada de la madera quemada en el plazo de 20 días naturales a contar desde la publicación de esta Resolución en el DOE, a no ser que autoricen a esta Consejería a la realización de esta actividad con la consiguiente renuncia a todo aprovechamiento derivado de la misma".

   También dispone la contratación de emergencia de las demás actuaciones contempladas en el Plan de Actuación que haya de ejecutar esta Consejería.

   La resolución, además de su publicación por vía de urgencia en el Diario Oficial de Extremadura, ha sido notificada a los ayuntamientos de los municipios afectados para su inmediata publicación en sus respectivos tablones de anuncios y, en su caso, notificación a los titulares de los correspondientes terrenos afectados.

Leer más acerca de: