Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 01/12/2009 23:29
El Parlament balear aprueba la ley

El presidente del Govern podrá convocar elecciones sin disolver los Consells Insulares

   El Parlament aprobó este martes, con el asentimiento de todos los grupos, el Proyecto de Ley Electoral de los Consells Insulares mediante el cual se regularán los procesos electorales de estas instituciones, de manera que no será necesaria su disolución en el caso de que el presidente del Ejecutivo decidiera convocar elecciones anticipadas en la comunidad.

   Así, a la nueva Ley, aprobada por el Govern el pasado 31 de julio, se le han incorporado una enmienda del PP, que ha sido transaccionada con el Bloc, así como cinco enmiendas 'in voce' presentadas por el portavoz socialista, Antoni Diéguez.  

   Asimismo, los 'populares' retiraron dos enmiendas parciales más que habían planteado a esta normativa, que contempla, por un lado, la elección de los miembros de los Consells de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera y, por otro lado, las causas de inelegibilidad e incompatibilidad que afectan a los miembros de estas instituciones insulares.

   De esta manera, no son elegibles los ministros y los secretarios de Estado del Gobierno central; el Síndic de Greuges, los miembros de la Sindicatura de Cuentas y del Consell Consultiu; el presidente del Consejo Económico y Social y el del Consejo Audiovisual; los parlamentarios de las asambleas legislativas de otras comunidades autónomas; los presidentes, los miembros del Consejo de Gobierno y los altos cargos de otras comunidades autónomas.

   Asimismo, tampoco podrán formar parte del Consell de Mallorca quienes ejerzan funciones o cargos conferidos y remunerados por estados extranjeros; el director general del Ente Público de Radiotelevisión de Baleares y los directores de las sociedades que dependen, como también el resto de directores de los medios públicos de comunicación de Baleares, y los senadores elegidos en representación de la comunidad.

   Además, son incompatibles los senadores y los diputados de las Cortes Generales; los parlamentarios europeos; los miembros del Govern; los miembros de los consejos de administración de IB3 y de las sociedades que dependen, o del resto de los medios públicos de comunicación de las islas.

   Finalmente, también serán inelegibles los delegados insulares, los directores generales, así como otros cargos del Ejecutivo autonómico. Por otra parte, y de manera transitoria hasta que la futura ley de Consells lo determine, la Ley Electoral regula los plazos y el acto de constitución del nuevo pleno después de las elecciones y también la elección del presidente del Consell Insular.

   El Ejecutivo autonómico redactó esta normativa de acuerdo al nuevo Estatuto de Autonomía de Baleares, que introdujo un cambio sustancial en el sistema de elección de los miembros de los Consells, ya que no son los diputados elegidos por el Parlament en cada isla, sino los elegidos en las respectivas circunscripciones. En el caso de Formentera, el Estatut prevé que esté integrado por los regidores del Ayuntamiento de la isla.

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