CITAM insiste en que Madrid Arena es "técnicamente clandestino" aunque Urbanismo diga que no necesita licencia

CITAM: Madrid Arena es "un edificio clandestino"
EUROPAPRESS
Actualizado: miércoles, 12 diciembre 2012 16:43

MADRID, 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

El abogado de la Coalición Independiente de Trabajadores del Ayuntamiento de Madrid (CITAM), José Luis Fuertes, ha afirmado que el Madrid Arena es "técnicamente un edificio clandestino" al no tener ni una de las tres licencias necesarias para la realización de eventos mientras que el área de Urbanismo municipal ha insistido durante la comisión de investigación que este recinto no necesita licencia.

Las valoraciones de Fuertes se han producido después de que el juez instructor del caso Madrid Arena, Eduardo López Palop, haya admitido la personación del sindicato como acusación particular.

El letrado de la asociación ha señalado que el edificio es "ilegal" y que la sociedad Madrid Espacios y Congresos (Madridec) solicitó "hasta siete veces las distintas licencias, las cuales les fueron sucesivamente denegadas al obtener informes técnicos desfavorables".

Fuertes ha añadido que se archivaron las peticiones de licencia y caducaron, por lo que "había conocimiento fehaciente" de que el edificio no reunía las condiciones necesarias y no podía por ello albergar macrofiestas como la celebrada la noche de Halloween.

URBANISMO INSISTE EN QUE NO NECESITA LICENCIA

El área de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid ha repetido en la comisión de investigación que los edificios ejecutados por el Consistorio, como el Madrid Arena, no necesitan licencia. Y es que el acuerdo municipal que autoriza la construcción de edificios municipales "produce los mismos efectos que la licencia urbanística".

Así lo reiteraron la delegada de Urbanismo, Paz González, su número dos, la coordinadora de la oficina de Planificación Urbanística, Beatriz Lobón, y el director general de Control de la Edificación, Norberto Rodríguez. Los tres insistieron en que el edificio cuenta con todas las licencias necesarias (obras, actividad y funcionamiento).

El Madrid Arena fue proyectado, construido y supervisado por técnicos municipales entre 2002 y 2005. En él se aplica la Ley de Contratos de la Administración Pública (que establece que la aprobación del acta de comprobación de obras por el órgano de la Administración lleva implícita la autorización para su apertura al uso público) y la Ley del Suelo (que dice que cuando los edificios son promovidos por ayuntamientos en su término el acuerdo municipal que lo sustenta produce los mismos efectos que la licencia urbanística).

En el mismo sentido va la ordenanza de Licencias y Control Urbanístico de 1997, vigente durante la construcción del Madrid Arena, que señala que los proyectos que dependían del Consistorio no requerían de licencia urbanística.

A eso hay que sumar dos sentencias del Tribunal Supremo, una de abril de 1999 y otra de mayo de 2002. "Si las obras ejecutadas corresponden a un proyecto aprobado por un Ayuntamiento sería redundante la concesión de licencia", reza la primera de ellas mientras que la segunda indica que cuando los proyectos son llevados a cabo por ayuntamientos "la necesidad de licencia resulta innecesaria".

SOLICITUDES ARCHIVADAS

También justificaron que las peticiones de licencia por parte de Madrid Espacios y Congresos (Madridec) en 2007 y 2009 respondían a "la voluntad de la mercantil en hacer obras" que, como no se llevaron a cabo, fueron "archivadas y no tramitadas". Es decir, que la licencia concedida "sigue estando vigente".

En cuanto a la consulta urbanística fechada en 2010, señalaron que no es más que un derecho que asiste a cualquier interesado en un proyecto de obras con el fin de cerciorarse de que lo que proyecta se adecua a la normativa vigente.