Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 26/11/2009 15:04

Un hombre pagará una multa de 300 euros por atropellar mortalmente a un niño de dos años al dar marcha atrás

   La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 300 euros por atropellar mortalmente a un niño de dos años al dar marcha atrás cuando estaba subido en la calzada. El hombre no se percató de la presencia del menor, que había accedido a la calzada tras atravesar los vehículos que estaban estacionados.

   De esta manera, la sala desestima el recurso de apelación interpuesto por los padres del menor contra la sentencia dictada en junio de 2009 por el juzgado de lo Penal número 15 de Valencia, que le condenaba a pagar una multa por una falta de homicidio por imprudencia leve, y a estar 10 meses privado del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

   La familia recurrió esta resolución al estimar que el hombre debía de ser condenado por un delito de homicidio imprudente, y aludieron a una errónea apreciación de la prueba y a una infracción por la inaplicación de lo dispuesto en el artículo 142.

   Así, en su escrito, pedía que se tuviera en cuenta la carencia de permiso de conducir habilitante administrativamente para ello, la falta de seguro o de uno de los espejos retrovisores, la velocidad a la que podía circular el hombre y la distancia recorrida.

   Sin embargo, la sala desestima su petición y confirma la sentencia dictada al entender que la calzada por la que circuló el vehículo marcha atrás no era peatonal y, por tanto, no estaba habilitada para el juego de niños. También considera que la presumible baja estatura del menor pudo ser sorpresiva y, en todo caso, difícilmente reconocible por inesperada, por lo que cree que esto "degrada la imprudencia y la convierte en imprudencia leve".

   Así, aclara que "el resultado de la maniobra fue de todo punto grave y sobre los padres recae un especial dolor por lo ocurrido", pero esto, agrega, "no significa que la gravedad del resultado deba condicionar la entidad de la conducta que lo provocó, sino que debe asentarse en datos objetivables".

   El incidente tuvo lugar el 4 de marzo de 2006, cuando el hombre, sobre las 16.40 horas, dio marcha atrás y atropelló a un menor de dos años. Como consecuencia sufrió una fractura en la base del cráneo, lo que le produjo una hemorragia cerebral y posteriormente la muerte.

   El hombre estacionó su vehículo, marca Mercedes Benz, en la mitad de la calzada tras encontrarse con unos conocidos en la calle San Juan Bautista. En ese momento, otra persona, que circulaba en sentido contrario al suyo y al que impedía el paso, le pidió que apartara su vehículo.

    El hombre subió de nuevo al turismo e inició, "omitiendo la atención que le era debida al no cerciorarse de la existencia de menores en la calzada", una maniobra antirreglamentaria de marcha atrás para retirar su vehículo. En el proceso, golpeó al menor de dos años que había accedido a la calzada tras atravesar los coches que estaban estacionados.

El vídeo comenzará después de segundos de publicidad.
Comentarios de los lectores
Accede con tu cuenta  -  Crea una cuenta nueva  -   Inicia sesión con Facebook
Comentar esta noticia (como usuario invitado)
 
(Usuario sin registrar)
       

  -  Accede con tu cuenta
Banca Civica
Portal Turismo
 
la actualidad más visitada en www.europapress.es
Obama obligará a las aseguradoras a pagar los anticonceptivos de las mujeres Un empleado de Apple confirma varias características del iPad 3 Sobresaliente 'Cum Laude' para la tesis de Camps

www.europapress.es es el portal de actualidad y noticias de la Agencia Europa Press. Publicación digital auditada por OJD.
© 2012 Europa Press. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de todo o parte de los contenidos de esta web sin su previo y expreso consentimiento.