Publicado: viernes, 2 febrero 2018 13:45

MADRID, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Justicia ha recordado esta mañana que es la propia ley la que recoge la posibilidad de inhabilitar a cargos públicos una vez que haya un auto firme de procesamiento, según indicaron a Europa Press en fuentes del Ministerio.

En este sentido, la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la inhabilitación de cargos públicos imputados por rebelión si al finalizar la instrucción de la causa y dictarse auto firme de procesamiento continúan en situación de prisión provisional. Este supuesto podría afectar a los investigados en el Tribunal Supremo por el proceso independentista, entre ellos el Govern de Carles Puigdemont y antiguos miembros de la Mesa del Parlament.

Según el artículo 384 bis de la citada norma, cuando un auto de procesamiento es firme y el investigado se encuentra en prisión provisional por delito relacionado con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, "el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".

Así lo recordó ayer el ministro de Justicia, Rafael Catalá, quien, citando la ley, afirmó que los responsables políticos del proceso soberanista en Cataluña serán inhabilitados antes de que exista una sentencia firme. Explicó también que la sentencia se puede esperar para "otoño o final de año", por lo que "desde muy pronto" puede haber una inhabilitación y sacar a los responsables del proceso soberanista de la "representación pública".

JUNQUERAS Y SÁNCHEZ, DIPUTADOS QUE SIGUEN EN LA CÁRCEL

En la causa del denominado 'procés', la medida de prisión provisional sigue vigente únicamente para el exvicepresidente Oriol Junqueras y el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sánchez, ambos diputados electos por ERC y Junts per Catalunya, respectivamente. El exconsejero de Interior Joaquim Forn también está en la cárcel, pero ha renunciado a su acta en el Parlament, mientras que el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, no se presentó a las elecciones del 21 de diciembre.

Así que la inhabilitación al finalizar la instrucción afectaría a Junqueras y Sánchez, si bien también se podría extender a Puigdemont y los cuatro exconsejeros que huyeron con él a Bélgica --Meritxell Borràs, Antoni Comín, Dolors Bassa y Meritxell Serret--, ya que cuando se negaron a comparecer en la Audiencia Nacional la jueza Carmen Lamela emitió órdenes nacionales e internacionales de detención junto con el inmediato ingreso en prisión provisional.

Más tarde, el juez Llarena retiró las órdenes europea e internacional contra todos ellos, si bien mantuvo la que afecta a todo el territorio nacional, por lo que si cualquiera de ellos decidiera volver a España, serían detenidos y encarcelados, previa comparecencia ante el juez instructor.

PLAZOS DE LA INSTRUCCIÓN

La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 324, establece los plazos concretos para la duración de la instrucción penal, limitándolo a "seis meses desde la incoacción del procedimiento", si bien se puede prorrogar a 18 meses cuando el magistrado que dirige la investigación la declara compleja.

La instrucción del 'procés' comenzó en la Audiencia Nacional a principios de noviembre, pasando al Tribunal Supremo a finales de ese mismo mes, por lo que, según los plazos que establece la ley, la investigación podría estar finalizada en mayo y entonces dictarse el auto de procesamiento.

No obstante, y suponiendo que la causa no se declare compleja, las partes personadas pueden recurrir este auto, lo que extendería más los plazos iniciales.

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