El Supremo ordena al CGPJ reabrir una investigación contra el juez Calamita por su actuación durante un divorcio

Actualizado: martes, 31 marzo 2009 19:08

MADRID, 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha ordenado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reabrir una investigación archivada en diciembre de 2006 contra el juez de Murcia Fernando Ferrín Calamita por una falta grave de abuso de autoridad relacionada con su intervención durante un divorcio. Este juez fue condenado el pasado mes de diciembre dos años, tres meses y un día de inhabilitación y a pagar 6.000 por el retardo "malicioso" en los trámites de adopción de una menor que había sido solicitada por la compañera sentimental de la madre biológica.

En este caso, el CGPJ archivó una queja interpuesta contra Ferrín Calamita por un ciudadano que tramitó su divorcio ante el juzgado del que entonces éste era titular, el de Primera Instancia número 9 de Murcia.

Le acusaba de tratar presionar a las partes para llegar a un acuerdo y de que, cuando su abogada se opuso y solicitó que se celebrara el juicio en la sala destinada a tal fin, Ferrín Calamita le espetara: "la vista se celebra donde me da la gana" y "¿En qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice que la vista se celebra en la Sala?". El interés de la letrada pasaba porque el acto pudiera desarrollarse en un espacio donde quedara grabado.

En su informe ante el CGPJ, el juez reconoció tener por "costumbre" intentar mediar o llegar a un acuerdo con las partes. Dijo de la letrada del recurrente que ya había tenido con ella alguna discrepancia anterior por ser "muy vehemente, descarada y poco educada", añadiendo que "pasa de ella y de sus modales".

El CGPJ encontró que los intentos conciliadores de Ferrín Calamita encontraban amparo en la Ley, si bien el ciudadano recurrió ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo al considerar que con su actitud incurrió en el articulo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que castiga el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, abogados y del personal de la Administración de Justicia.

SE VULNERARON DERECHOS.

Con posterioridad al archivo por el CGPJ de las actuaciones contra Calamita, la Audiencia Provincial de Murcia anuló el procedimiento de divorcio del demandante alegando "violación del derecho al proceso con todas las garantías" precisamente por negarse el magistrado a grabar en vídeo las actuaciones.

En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Trillo, el alto tribunal señala que la valoración realizada en su día por la Audiencia de Murcia "es un hecho posterior a la decisión de archivo del Consejo y, desde luego, no pudo ser conocido por éste".

"En la medida en que pudiera implicar indicio de una eventual extralimitación del magistrado en su función conciliadora, resulta razonable reabrir la investigación a fin de agotar la comprobación de estos extremos", concluye el Tribunal Supremo, ordenando la reapertura de las actuaciones disciplinarias del CGPJ.

HISTORIAL DE CALAMITA.

Este no es el primer procedimiento disciplinario al que se enfrenta Ferrín Calamita en el CGPJ, en febrero de 2008, el órgano de gobierno de los jueces acordó suspender cautelarmente en sus funciones tras admitirse a trámite la querella que finalizó con la condena de más de dos años de inhabilitación para el juez.

El pasado mes de enero, el CGPJ anuló la multa de 600 euros que le había impuesto a Ferrín Calamita en marzo de 2008 por proferir "expresiones extravagantes" en un auto en el que otorgaba la custodia de dos niñas a su padre porque la madre mantenía una relación lésbica. La anulación se debió a que el procedimiento había caducado al excederse en ocho días el plazo legal de seis meses de que se disponía para imponer la multa.