UO difunde un informe con un "criterio único" sobre el límite de velocidad frente a "las contradicciones del Gobierno"

Actualizado: jueves, 17 marzo 2011 17:57

MADRID, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Unión de Oficiales (UO) de la Guardia Civil ha difundido un informe entre los miembros del Instituto Armado en el que, según dicen, establecen "un criterio único" frente a "las contradicciones del Gobierno" para los agentes encargados de imponer las sanciones a los conductores que superen el límite de 110 km/h en autovía y autopistas.

"La UO ha procedido a dar máxima difusión a dicho informe entre los guardias civiles, al objeto de que puedan contar con cierta seguridad jurídica en el ámbito de su actuación profesional así como dotarles de un criterio único que evite el trato discriminatorio a los conductores en función de la provincia por la que habitualmente circulen", dice este colectivo en un comunicado.

Dicho informe, elaborado por el despacho 'Alauda Abogados', "pretende evitar, ante la ausencia de instrucciones al respecto, que los agentes incurran en una responsabilidad que no les corresponde, pues no sería fruto de un comportamiento negligente, sino de la actitud dubitativa de un Gobierno temeroso del rechazo social a una medida cuya aplicación estricta acarrearía un notable incremento de denuncias".

"Lamentablemente, estamos acostumbrados a este tipo de contradicciones pues si no hace mucho era el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, quien pedía a los guardias civiles que "por favor denunciasen", ahora el director general de Tráfico, Pere Navarro, parece querer llevarle la contraria dando instrucciones en sentido opuesto", denuncian.

CONTENIDO DEL INFORME

Este informe establece que "para el límite de velocidad de 110 Km/h existe el deber de formular denuncia ante la autoridad competente una vez los agentes encargados de la vigilancia tienen certeza de que dicho límite se ha superado, esto es, con carácter general, cuando el cinemómetro indica velocidades de 116,0775 en instrumentos estáticos y 118,2885 en instalaciones en funcionamiento móvil, si bien habría de ser redondeada hasta el entero superior en caso de que los cinemómetros no reflejaran decimales". Estas medidas superan los 110 Km/h debido al margen de error previsto en los mecanismos de medición.

A continuación, se recuerda a los agentes que "quienes dejen de formular denuncia pese a tener constancia de haberse superado los límites reglamentariamente establecidos pueden incurrir en responsabilidad, como también lo hace la Autoridad que deje de imponer las sanciones que proceden".

Por último, el informe hace hincapié en el "notorio objetivo económico que persigue" la norma, "especialmente en materia de ahorro energético".

"Incumplir con el deber de denunciar y, en su caso, de sancionar, podría afectar negativamente al logro del ahorro programado por el Gobierno y, en consecuencia, incidir sobre un objetivo de interés público y general, que puede dar lugar a agravar la responsabilidad por la omisión dolosa o negligente en el ejercicio de la competencia de velar por el cumplimiento de la normativa vial", zanja en texto.