EpC.- El TSJ de Navarra no admite el recurso de un grupo de padres contra la sentencia que rechazaba la objeción

Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 11 diciembre 2008 15:43

PAMPLONA 11 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha inadmitido el recurso de casación presentado por un grupo de padres contra la sentencia de dicho órgano que rechazaba la objeción de conciencia en la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC).

La Sala de lo Contencioso considera en un auto, contra el que cabe recurso, que no puede remitir al Tribunal Supremo el recurso de casación presentado por los padres, debido a que en el escrito presentado por el abogado recurrente no se justifica qué norma estatal o comunitaria ha infringido el TSJN en su sentencia.

Según precisa el auto, el recurso "no cumple los requisitos legal y jurisprudencialmente exigidos para su válida preparación". Según expone, dado que se fundamenta en la infracción de una norma estatal se exige "la justificación y no la mera afirmación de por qué o cómo la sentencia infringe el precepto que se supone infringido", que ello debe hacerse en el escrito de preparación y que su "incumplimiento es insubsanable".

Este auto de inadmisión, al igual que la sentencia originaria, cuenta con el voto particular discrepante de dos de los seis magistrados, que estiman al respecto que la Sala sí que debe tramitar el recurso de casación.

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