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ALMERÍA 6 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a dos hombres tras revocar parcialmente una sentencia que les condenaba a cinco años de prisión por participar en la conducción de una patera desde Argelia hasta las costas de Almería al considerar que no existe prueba suficiente para incriminarlos ante las contradicciones mostradas por un testigo protegido.
El fallo, consultado por Europa Press, estima el recurso de apelación elevado por el letrado Nabil El Meknassi y absuelve a los dos acusados mientras que mantiene las penas para un tercer acusado, al que achaca toda la responsabilidad en el pilotaje de la neumática que ocuparon un total de 16 personas, incluidos dos menores.
En este sentido, la Sala de Apelación apunta que si bien existe un testigo protegido que los identificó como dos de las tres personas encargadas de dirigir la embarcación y manejar el GPS, su declaración se vio sustancialmente alterada al declarar en sede judicial donde afirmó que en un primer momento vio a tres personas patronear la embarcación, pero después se "mareó" y se "durmió".
El alto tribunal andaluz muestra sus dudas sobre la fiabilidad de este testimonio, que se erige como única prueba de cargo, ya que anteriormente en sede policial había dado muchos más detalles sobre cómo los supuestos autores de los hechos se habían repartido el trabajo con una concreta distribución de funciones.
El tribunal incide en una "concreta distribución de funciones y momentos" relatada en sede policial que después fue "radicalmente opuesta a aquella otra relatada en su declaración sumarial" cuando afirmó que "al principio se turnaron todos y luego se mareó y se durmió", debiendo ser la declaración judicial la que prime a la hora de tener en cuenta dicho testimonio.
Con ello, la sentencia da por probado finalmente que únicamente H.E. patroneó una patera desde Argelia hasta las costas españolas con otras 15 personas a bordo, dos de ellas menores de edad, después de que cada uno de los ocupantes abonara unos 6.000 euros para ocupar una plaza en la embarcación.
El condenado carecía de la pericia y capacitación técnica suficiente para navegar en alta mar, pero aún así conjunto la neumática de seis metros de eslora durante todo el trayecto, que se inició sobre las 20,00 horas del día 10 de septiembre de 2023.
La embarcación estaba diseñada sólo para "pequeñas excursiones cerca de la costa, siempre que hubiese buenas condiciones meteorológicas, y con poco número de personas a bordo de la misma".
Además de los pasajeros, en el interior también se transportaban diez garrafas de gasolina con las que alimentar el motor fueraborda, lo que incrementaba tanto el peso como la peligrosidad de la travesía, para la que se carecían de equipos de navegación, salvamento, contra incendios, balsas, aros salvavidas o luces, entre otros elementos de seguridad. Tampoco había comida o víveres suficientes.
Cuando la embarcación, con las 16 personas a bordo --acusados y viajeros-- estaba cerca de las costas españolas, empeoraron las condiciones del mar, por lo que comenzó a entrar agua en la misma. Al final la patera fue localizada sobre las 17,05 horas del día siguiente al de partida por una patrullera de la Guardia Civil, que auxilió a los ocupantes.