Cádiz.-Tribunales.-TSJA rebaja de dos a 1,5 años de cárcel la pena para el ex alcalde Agustín Cuevas por 'Caso Sanlúcar'

Actualizado: martes, 27 febrero 2007 19:38

El tribunal estima que "no ha lugar a la propuesta al Gobierno de la gracia de indulto"

GRANADA, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de dos años a uno y medio la pena de cárcel para el ex alcalde socialista de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) Agustín Cuevas al absolverlo del delito de tráfico de influencias al que fue condenado por la Audiencia provincial de Cádiz, aunque mantiene el de cohecho, ambos por el 'Caso Sanlúcar' en el que se intentó sobornar al ex concejal del PP Manuel Ramírez en 1999 para evitar moción de censura contra el ex alcalde socialista.

El alto tribunal andaluz por lo tanto condena al ex regidor del delito de cohecho con la agravante de prevalecimiento de carácter público, después de que dictara sentencia en mayo pasado el magistrado presidente del Tribunal del Jurado, que consideró culpables a los acusados.

De este modo, el TSJA rebaja en seis meses la pena de cárcel para el ex alcalde y la inhabilitación a todos los condenados al tiempo de duración de la pena privativa de libertad, en este caso del ex regidor de cinco a un año y medio. Asimismo, lo condena a pagar una multa de 360.000 euros, según la sentencia a la que tuvo acceso hoy Europa Press.

El ex secretario de Organización del PSOE en Sanlúcar Rafael García Raposo es absuelto también por el TSJA del delito de tráfico de influencias y condenado por el cohecho, por lo que la pena se rebaja a un año y dos meses de prisión e inhabilitación por el mismo tiempo de la condena, así como a pagar una multa de 360.000 euros.

Por su parte, al ex alcalde socialista de Chipiona Luis Mario Aparecero el alto tribunal andaluz le rebaja el tiempo de inhabilitación, si bien la pena de prisión la mantiene, un año y medio, por un delito de cohecho, mismo periodo por el que mantiene la inhabilitación. La multa que debe pagar es también de 360.000 euros.

En lo que respecta a los tres empresarios implicados en el caso, el TSJA ha rebajado en seis meses la pena de cárcel para Fernando Moreno Rodríguez, que de este modo queda condenado a medio año de prisión, el mismo de inhabilitación y a pagar una multa de 180.000 euros.

Fernando Moreno Ollero y Manuel Rodríguez Gálvez han sido condenados por su parte también por cohecho a un año de cárcel y de inhabilitación y una multa de 30.000 euros. Los acusados tienen que indemnizar solidariamente a Manuel Rodríguez en la suma de 9.000 euros.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA estima de este modo los recursos de apelación interpuestos por los acusados y desestima el presentado por el Ministerio Fiscal por lo que revoca la sentencia. Además, "no ha lugar a la propuesta al Gobierno de la gracia de indulto", consta en la resolución.

Por su parte, el ex edil del PP Manuel Ramírez Rodríguez es absuelto con todos los pronunciamientos favorables del delito de cohecho que se le imputaba.

El 'Caso Sanlúcar' se juzgó entre el 19 de abril y el 5 de mayo de 2006 de este año con un jurado popular que consideró culpable a los seis acusados de haber intentado sobornar al ex edil del PP para que no saliera adelante una moción de censura planteada por el PP y el PA contra el ex alcalde de Sanlúcar Agustín Cuevas.