CÁDIZ 28 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a tres años de cárcel al ser acusado de un delito contra la salud pública tras ser detenido, junto a otras dos personas --su madre y su hermana--, en una vivienda en Rota donde se vendía droga. La droga se vendía en el interior de la casa, "sin que los agentes pudieran visualizar quién o quiénes fuero las personas que en casa caso las llevaron a cabo", señala la sentencia.
En la sentencia, recogida por Europa Press, la Audiencia dio como hechos probados que en enero de 2022 la investigación de la Policía sobre una vivienda en Rota dio como resultado que se trataba de un activo punto de venta de drogas. Así, recoge hasta cinco episodios de interceptación de compradores que habían ido a la citada vivienda a adquirir diferentes drogas, desde hachís a papelinas de heroína y cocaína.
Finalmente, la Policía realizó una registro en la vivienda, protegida con medidas de seguridad, encontrando en su interior diversa cantidad de droga como hachís, cogollos de marihuana y ocho trozos de papel de plata con restos de cocaína. En el momento de la entrada en el vivienda se encontraba el acusado junto a su hermano, además, en la vivienda vivían su madre y su hermana, también acusadas, "sin que se haya podido determinar cuál o cuáles de ellos llevaban a cabo las ventas", recoge la sentencia.
La sentencia también recoge que el acusado desde septiembre de 2019 hasta marzo de 2022 siguió un proceso psicoterapéutico para deshabituación del consumo de drogas en un centro, "quedando únicamente resto de consumo ocasional de hachís, cocaína y heroína". Y desde febrero de 2024 sigue sesiones con Proyecto Hombre.
Así, tras ser condenado a tres años de cárcel por la Audiencia Provincial, presentó recurso ante el TSJA alegando error de valoración en la prueba, considerando que la sentencia construye la implicación de los hechos a partir del único indicio de encontrarse en la vivienda donde residía nueve gramos y medio de cogollos de marihuana, 12 gramos de hachís y varios trozos de papel de plata con restos de cocaína, que el propio acusado admitió que había utilizado, así como que la droga era suya para consumo propio.
Por su parte, el TSJA ha admitido el recurso y revocado la sentencia de la Audiencia, absolviendo al acusado, tras analizar el informe aportado en juicio, que decía que a pesar de estar en tratamiento seguía consumiendo ocasionalmente, sumado a que la venta de droga se realizó en el interior de la vivienda y no permite concluir con la seguridad exigida en el derecho penal que el autor de las ventas fuera el acusado.