TSJA rebaja en 20 meses la condena de un hombre por comprar embarcaciones con dinero del narcotráfico

Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía).
Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía). - EUROPA PRESS
Europa Press Andalucía
Publicado: sábado, 7 marzo 2026 10:59

CÁDIZ 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso de un condenado por blanqueo de capitales, rebajando la condena de tres años y tres meses impuesta por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, a un año y siete meses, al apreciar la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso judicial.

En la sentencia, recogida por Europa Press, se expone que el acusado fue condenado en noviembre de 2024 por un delito de blanqueo de capitales, al adquirir entre 1999 y 2014 hasta cinco embarcaciones por valor de 30.496 euros, teniendo conocimiento de que el dinero utilizado para estas operaciones procedía del narcotráfico.

El hombre fue detenido en 2016 en el marco de una investigación realizada por la Unidad Operativa de Vigilancia Aduanera en San Roque (Cádiz), en la que se advertía de estas adquisiciones pese a que carecía de ingresos económicos suficientes y bastantes. De hecho, se detalla, el acusado fue detenido en el año 2009 y condenado por trafico de drogas, y desde el año 2010 a 2013 sólo obtuvo unos ingresos totales de 16.159 euros.

Tras la condena de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz a tres años y tres meses, una multa de 90.000 euros y el decomiso de las cinco embarcaciones náuticas, se presentó un recurso por error la valoración de la prueba e infracción por no apreciar la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

El TSJA explica que el delito de blanqueo de capitales es "único, aun cuando esté integrado por varios actos típicos de blanqueo" y que el plazo de prescripción debe aplicarse a la unidad delictiva en su conjunto, por lo que, como la última embarcación se compró en 2014, no hay prescripción del delito como alegaba la defensa.

No obstante, sí señala que entre el primer y el último acto típico de blanqueo" ha transcurrido un plazo superior a diez años durante el cual no se ejercitó la acción penal contra el acusado", por lo que el primer acto "ha de considerarse prescrito" y "no puede incluirse en la unidad delictiva que conforma el delito de blanqueo".

Sobre el error de la prueba, se detalla que en el año 2014, el acusado adquirió una embarcación, un motor fuera borda e hizo frente a gastos por amarre en el Puerto deportivo de La Alcaidesa, a pesar de que en dicho año no consta acreditado que percibiera ingreso económico alguno. "Es evidente que el acusado no poseía patrimonio ni percibió ingresos económicos en dichos años que le permitieran las citadas adquisiciones", y que esta persona no aportó "una explicación alternativa viable" acerca de la disposición de medios económicos de lícita procedencia que le permitiera estas adquisiciones, alegando a la economía sumergida para obtener estos fondos sin sustento probatorio alguno.

En los fundamentos se indica que hay "indicios plurales, que valorados conjuntamente, llevan a considerar acreditada la ocultación del auténtico propietario de fondos dinerarios obtenidos con el tráfico de drogas, con los que se adquirieron las embarcaciones y se sufragaron gastos relacionados con ellas". El acusado se prestó a aparecer como adquirente de dichos bienes, pese a no disponer de medios económicos suficientes para abonar su precio, en lo que se denomina como "un hombre de paja".

Sobre las dilaciones indebidas, el TSJA considera que el proceso ha sufrido dilaciones en su tramitación que pueden calificarse de "extraordinarias e injustificadas, no imputables al acusado", por lo que admite este recurso de la defensa, rebajando las penas en un grado, e imponiendo un año, siete meses y 15 días de prisión y multa de 6.000 euros al acusado. Además, deja sin efecto el decomiso de la embarcación adquirida en 1999.

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado