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PUNTA UMBRÍA (HUELVA), 28 (EUROPA PRESS)
El alcalde de Punta Umbría (Huelva), José Carlos Hernández Cansino, ha señalado, en base a un informe emitido por el secretario municipal, que no existe fundamento jurídico para la devolución de retribuciones del concejal José Luis Contrera tras su marcha del PP.
Según ha indicado el Ayuntamiento en una nota de prensa, el alcalde ha dado a conocer el contenido de un informe emitido por el secretario municipal del Ayuntamiento puntaumbrieño y el escrito de contestación remitido al Partido Popular de Huelva y a la portavoz del Grupo Municipal Popular, en relación con la situación del concejal José Luis Contreras Corrales tras su expulsión de dicha formación política.
El primer edil ha explicado que, dicho informe, que será elevado al Pleno ordinario que se celebra este miércoles, concluye que esta circunstancia opera directamente por ministerio de la ley, conforme al artículo 73.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Asimismo, el alcalde ha comunicado que el secretario ha remitido un escrito de contestación a la portavoz del Grupo Municipal Popular y al presidente provincial del Partido Popular, documento que ya obra en poder de la formación política, en el que se concluye que "la expulsión del Partido Popular únicamente determina la adquisición de la condición de concejal no adscrito, sin producir por sí misma efectos retroactivos sobre las decisiones adoptadas con anterioridad".
El documento añade que las retribuciones percibidas por José Luis Contreras entre mayo de 2025 y febrero de 2026 respondieron al ejercicio efectivo de responsabilidades públicas, derivadas de un acuerdo plenario firme adoptado el 15 de mayo de 2025, por lo que no pueden considerarse pagos indebidos.
Además, se recuerda que la propia resolución del Comité Nacional de Derechos y Garantías del Partido Popular, de fecha 15 de julio de 2026, reconoce expresamente la legalidad del decreto de Alcaldía de 6 de mayo de 2025 por el que se efectuaron los nombramientos del concejal, circunstancia que, según el escrito, excluye que la expulsión pueda servir de fundamento para reclamar la devolución de las cantidades percibidas.
El alcalde ha señalado igualmente que el escrito municipal se apoya en la doctrina consolidada del Tribunal Supremo. En este sentido, el Ayuntamiento sostiene que el artículo 73.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local tiene como finalidad "evitar que un concejal mejore su situación política o económica tras pasar a la condición de no adscrito, circunstancia que", según el informe jurídico, "no concurre en este caso", puesto que José Luis Contreras "mantuvo los mismos derechos que tenía con anterioridad y, además, desde febrero de 2026 no percibe retribución alguna del Ayuntamiento al encontrarse jubilado".
José Carlos Hernández Cansino ha manifestado que "el Ayuntamiento actúa conforme a la legalidad y con absoluto respeto a los informes de sus funcionarios", subrayando que "frente a las valoraciones políticas, la Corporación debe guiarse por los criterios jurídicos, que en este caso son claros y concluyen que no existe fundamento legal para exigir la devolución de retribuciones ni para otorgar efectos retroactivos a la expulsión del Partido Popular".
El alcalde ha insistido en que el Pleno de este miércoles se limitará a tomar conocimiento de una situación jurídica que ya se ha producido por imperativo legal, tal y como establece el informe emitido por la Secretaría del Ayuntamiento.