Huelva.-Tribunales.-Absuelven a dos imputados por un delito de tráfico de droga, al alegar la defensa consumo compartido

Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 12 enero 2006 18:41

HUELVA 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a J.M.A.S., de 24 años, y a A.R.G., de 25 años, por un presunto delito contra la Salud Pública por tráfico de drogas, al alegar la defensa de los acusados "comsumo compartido".

Ambos, fueron sorprendidos por la Guardia Civil con 150 gramos de hachís y ocho papelinas de cocaína --unos tres gramos-- el pasado 8 de agosto de 2003, hechos por los que el fiscal pedía cinco años de prisión, mientras que la defensa alegó "consumo compartido" y solicitó que su absolución, algo que ha estimado el juez en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Según explicaron a Europa Press los letrados encargados de la defensa de los acusados, Esteban José Díaz Gómez y Alberto Fernández Rodríguez, "el Tribunal Supremo y el Instituto Nacional de Toxicología establecen el consumo medio por persona en un gramo y medio, con lo cual se demuestra que es consumo propio".

En el transcurso del juicio, el Ministerio Fiscal solicitó cinco años de prisión al calificar el hecho de portar cocaína "como una droga que causa graves riesgos a la salud pública". En el caso de hachís es distinto, por su menor daño.

Sin embargo, los letrados de la defensa señalaron que "son tres los consumidores y no dos como consta, aunque el fiscal retiró al tercer imputado del escrito de acusación, lo que demostraría que es autoconsumo".

Además, la defensa alegó que "no se le cogieron a ninguno de los imputados traficando o con utensilios para la venta, ya que fue en un control rutinario de la Guardia Civil en el coche de los acusados".

Asimismo, señalaron que "puesto que no existe ningún acto de tráfico de drogas, la jurisprudencia viene a decir que dependiendo de la cantidad es o no tráfico y en este caso está claro que es consumo propio".

En la sentencia se falla que "se absuelve a los imputados, declarando de oficio las costas y dejando sin efectos las medidas cautelarmente acordadas, con devolución del dinero intervenido".

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