Huelva.- La Universidad de Huelva celebra elecciones a Claustro el próximo 29 de mayo, que se constituirá en junio

Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 25 mayo 2006 16:47

HUELVA 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Universidad de Huelva celebra el próximo lunes, 29 de mayo, elecciones a Claustro, tal y como aprobó el Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva celebrado el pasado día 23 de marzo, tras la que el Claustro se constituirá a finales del mes de junio.

Según informó la Onubense en un comunicado remitido a Europa Press, para los comicios se han habilitado un total de 25 mesas electorales y 30 urnas para los diferentes sectores de la Comunidad Universitaria y las mesas estarán repartidas por los cuatro campus universitarios y las urnas permanecerán abiertas de 9.30 a 18.30 horas, mientras que al cierre de las mismas sus miembros realizarán el escrutinio y levantarán el acta con el resultado de sus recuentos.

Un total de 11.988 personas que componen el censo de la Universidad de Huelva elegirán a 252 claustrales de entre los 444 candidatos que concurren a estas selecciones (270 profesores, 114 alumnos y 60 miembros del Personal de Administración y Servicios (PAS).

Además, la Onubense indicó que resultarán elegidos los candidatos que obtengan la mayoría de los votos emitidos hasta cubrirse la totalidad de los puestos de representación previstos para cada colegio electoral. Entre el 3 y el 7 de junio se proclamarán los candidatos electos y el 9 serán publicados.

El Claustro es el máximo órgano de representación de toda la comunidad universitaria, puesto que está compuesto por profesores, alumnos y el PAS, que conforman un total de 252 miembros, según se establece en el Reglamento de la institución universitaria.

Estos representantes tendrán un mandato de cuatro años de duración, excepto en el caso de los representantes de los estudiantes, cuyo mandato sólo dura dos años.

El Claustro se reúne al menos dos veces al año en sesión ordinaria y su presidente deberá convocar sesión extraordinaria cuando así lo solicite el Consejo de Gobierno por concurrir razones graves y urgentes o cuando lo requiera la quinta parte de sus miembros, siempre que la sesión se celebre en periodo lectivo.

Los acuerdos se adoptan por mayoría simple, salvo que las disposiciones de aplicación prevean otra mayoría diferente y siempre que se garantice la existencia de número mínimo de miembros, cifrado en la mitad más uno en primera convocatoria y en un tercio en segunda.

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