El Ayuntamiento de Málaga activa el procedimiento para recuperar la posesión de La Invisible

Se ha aprobado la reiteración del desalojo del edificio en un plazo de 15 días y la clausura del mismo

Archivo - La Casa Invisible
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Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 5 noviembre 2021 13:01

MÁLAGA, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

La junta de gobierno local ha dado luz verde este viernes al reinicio de los trámites para recuperar la posesión de La Casa Invisible, inmueble situado en calle Nosquera, 9 y 11, y que pasan por la recuperación del edificio por parte del Consistorio, la orden de desalojo, la entrega de la posesión del inmueble, así como la clausura del mismo.

Estos acuerdos se aprobaron en la sesión de la junta de gobierno local del 22 de junio de 2018, por la que se desestimó el recurso de reposición planteado por la Fundación de los Comunes. Así, se ha aprobado proseguir con el procedimiento para recuperar de oficio este inmueble de titularidad municipal.

De este modo, se aprueba el desalojo del inmueble en un plazo de 15 días, advirtiéndose de que si el requerimiento no es atendido se realizará un nuevo requerimiento para que se proceda al desalojo en el plazo de ocho días. En caso de que este plazo no sea atendido se procederá al lanzamiento por el Ayuntamiento con sus propios medios, de acuerdo al procedimiento legal establecido, siendo de cuenta del ocupante los gastos del desalojo. Asimismo, se requiere la entrega de la posesión del inmueble al Ayuntamiento y se ordena la clausura del mismo.

También se ha dado luz verde, una vez obtenida la posesión del inmueble, a la redacción del proyecto técnico a fin de dotar al mismo de las condiciones necesarias para cumplir con el destino de equipamiento comunitario fijado por el planeamiento.

Como se recoge en la propuesta que se ha aprobado, en función del presupuesto de ejecución de las obras y recomendaciones de los técnicos en cuanto a la inmediatez con la que haya de acometerse la rehabilitación del edificio, adoptar los acuerdos pertinentes que podrán ir encaminados a dos fines.

El primero, la ejecución directa de las obras por el Ayuntamiento y puesta en uso del edificio con carácter previo a la licitación en pública concurrencia de concesión administrativa para uso cultural del edificio. Y el segundo, la licitación en pública concurrencia de concesión administrativa para uso cultural del edificio, con entrega del edificio en el estado en que se encuentre y con la obligación de ejecutar las obras por el adjudicatario si ello resulta viable según la memoria económica que se realice.

RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO

El Consistorio justifica la inmediata ejecución del desalojo y que pase a su posesión en el estado de deterioro en el que se encuentra y la necesidad de acometer la rehabilitación integral del mismo, a la luz del informe emitido por el servicio de Conservación y Arqueología de la Gerencia de Urbanismo fechado el 13 de julio de este año, tras una visita de inspección realizada el 7 del mismo mes.

En este sentido, dicho informe recuerda que "como medida de seguridad, el inmueble se encuentra por clausurado desde el 19 de diciembre de 2014 a las actividades de pública concurrencia hasta que se adopten las medidas de seguridad exigibles", además, afirma que el inmueble presenta "deficiencias respecto de la conservación y la seguridad, forjados apuntalados, desprendimientos de cielo rasos, manchas indicativas de filtraciones, tejas sueltas, revestimientos disgregados, daños estructurales puntuales e importantes carencias con respecto a la instalación eléctrica y a la protección contra incidencias".

Además, el documento considera "necesario que por la antigüedad del edificio, su estado y el valor arquitectónico y patrimoniales que posee, que no se posponga durante más tiempo la rehabilitación integral de las edificaciones, procediendo a su recuperación definitiva en las debidas condiciones de seguridad y habitabilidad en base a su uso definitivo".

A tal efecto, se ha estimado procedente acometer el necesario impulso administrativo para no dilatar más aun en comienzo en la rehabilitación, dada la preocupación de que con el paso del tiempo pueda ocasionar una circunstancia sobrevenida de mayor deterioro del edifico protegido, con la consecuente inseguridad para las personas que pudieran estar dentro del inmueble por los apuntalamientos parciales y las vías de evacuación del edificio.

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