El Ayuntamiento de Málaga aprueba el plan del clima con el horizonte de conseguir la neutralidad carbónica en 2050

Rueda de prensa sobre la junta de gobierno local de Málaga
Rueda de prensa sobre la junta de gobierno local de Málaga - AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Publicado: viernes, 10 julio 2020 16:46

MÁLAGA, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Málaga ha dado luz verde al Plan del Clima, denominado Alicia, que establece líneas de actuación y estrategias de ciudad en materia climática con el horizonte temporal de 2050, año en el que se contempla, entre otros, el objetivo de alcanzar la neutralidad carbónica, de acuerdo con la Declaración de Emergencia Climática aprobada el 31 de octubre de 2019 por unanimidad del pleno municipal.

Un documento que comenzó su redacción en 2018 a partir de la Agenda Urbana de Málaga 2015, vinculada a la Agenda Urbana de las Naciones Unidas y al Pacto de Alcaldes. Este documento marcará la agenda municipal de los próximos 30 años y establece una hoja de ruta con objetivos a conseguir muy concretos como la disminución en 55 por ciento de emisiones contaminantes para 2030.

También establece la adopción de medidas como impulsar nuevas ordenanzas urbanísticas o ambientales, delimitar espacios con bajos niveles de contaminación, así como fomentar el uso de la bicicleta y el transporte público con el fin de reducir la dependencia al vehículo particular.

El Plan del Clima aprobado este viernes está alineado con la Agenda 2030 de Naciones Unidas y los 17 ODS, principalmente con los objetivos 7 (energía asequible y no contaminante), 11 (ciudades y comunidades sostenibles), 13 (acción por el clima), 14 (vida submarina) y 15 (vida de ecosistemas terrestres) y con los contenidos de la Agenda Urbana Española de 2019.

Plantea dos etapas de desarrollo, la primera hasta 2030, donde se centran las líneas estratégicas y acciones recogidas en este documento; y la segunda etapa hasta 2050, de implantación de medidas y consecución de objetivos.

Desde el Ayuntamiento han destacado que más de 70 personas han contribuido durante meses a su redacción definitiva, funcionarios municipales, departamentos de la universidad, profesionales reconocidos en la ciudad, y asociaciones y entidades ambientales.

Se estructura en cuatro documentos principales, además de anexos informativos, en los que se concretan las medidas a adoptar en distintas materias. Concretamente, los dos primeros documentos se centran en el consumo energético y emisiones de dióxido de carbono en Málaga e incluye un estudio de la evolución de dicho consumo en la ciudad desde 2002 a 2017 y los posibles escenarios de emisiones a 2020, 2030 y 2050.

El tercer documento habla de la evaluación de los riesgos y vulnerabilidades al cambio climático de Málaga analizando de forma cuantitativa la vulnerabilidad y riesgo climático por sectores, y de forma territorial por barrios, con especial atención al impacto de temperaturas extremas y olas de calor, inundaciones fluviales y marítimas sobre el medio urbano construido.

El último de los cuatro documentos propone 40 líneas estratégicas y 98 acciones concretas en cada uno de los apartados del Plan del Clima, Modelo urbano y movilidad (once líneas y 35 acciones), Metabolismo urbano (14 líneas y 29 acciones), Biodiversidad (seis líneas y 15 acciones), y Cohesión social y gobernanza (ocho líneas y 19 acciones).

La financiación del Plan del Clima tendrá un carácter múltiple, a los propios presupuestos municipales se le unirán distintos programas europeos, así como las fuentes vinculadas a actuaciones dependientes del Plan del Clima en función de la aprobación definitiva que el Congreso de los Diputados dé al Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

La junta de gobierno local ha aprobado la creación de una comisión de seguimiento para coordinar la implementación y ejecución del plan. Este plan se llevará a pleno para su aprobación.

ORDENANZA DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE USO ESPECIAL DE ESCOLARES

También se ha dado luz verde a la propuesta de derogación de la Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Transporte Escolar y Transporte de Menores en la ciudad; así como a la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal de Transporte Público Regular de Uso Especial de Escolares y Otros Usuarios de Transporte.

Así, la aprobación de una nueva ordenanza que regule el transporte regular de uso especial de escolares y otros usuarios de transporte responde, por un lado, a la actualización de la legislación vigente, ya que la ordenanza actual que regula este tipo de transporte es de 1985, y, por otro, a la inclusión de otros transportes regulares de uso especial, fundamentalmente el de trabajadores, que no disponen de normativa municipal.

Por tanto, los objetivos de la iniciativa propuesta a la junta de gobierno son la adaptación a la normativa de la antigua ordenanza de transporte escolar y la extensión de su objeto regulatorio al transporte de mismo tipo, pero dirigido a su vez a otros grupos de usuarios homogéneos, tal y como se recoge en las legislaciones correspondientes.

En virtud de los principios de seguridad jurídica y de transparencia con esta nueva ordenanza se pretende generar un marco normativo municipal actualizado a la legislación estatal que facilite el conocimiento de la normativa aplicable a personas y empresas y ayude a la toma de decisiones.

Desde el punto de vista del principio de eficiencia se pretende evitar las cargas administrativas innecesarias y racionalizar la actuación de las unidades administrativas municipales encargadas de la gestión de los procedimientos correspondientes.

Así, la ordenanza municipal, cuyo proyecto ha sido aprobado por la junta de gobierno, se estructura en cuatro capítulos destinados respectivamente a establecer unas normas generales, a concretar el transporte regular de uso especial de escolares; para el transporte regular de uso especial de usuarios que no son escolares; y a establecer el régimen de infracciones y sanciones.

Antes de superar este trámite, el texto borrador de este nuevo documento normativo, se publicó en el portal web 'Málaga Contesta' para la participación de los ciudadanos, sin que se registraran sugerencias, observaciones o alternativas regulatorias. Tras ser aprobado por junta de gobierno, se llevará a comisión y pleno, posteriormente se abrirá período de información pública y se elevará a aprobación definitiva.

Por otro lado, se ha aprobado el nombramiento de David Povedano Alonso como director general de Recursos Humanos y Calidad del Ayuntamiento de Málaga. El nombramiento se ha llevado a cabo por el sistema de libre designación y a propuesta de una comisión de carácter técnico, a la que se ha presentado cuatro candidatos. La retribución bruta anual está fijada en 80.000 euros.

Povedano es licenciado en Derecho por el Real Colegio Universitario María Cristina, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid; y Máster en Habilitación de Carácter Nacional. En su formación profesional también destacan el Itinerario formativo local de especialista en recursos humanos por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), así como cursos de dirección pública profesional (IAAP) y de modernización de los recursos humanos (INAP), entre otros. Cuenta con el título de Tutor formativo de habilidades de habilitados de nueva entrada concedido por el INAP.

En cuanto a la experiencia en administración pública, es funcionario de Administración Local de carácter nacional, perteneciente a las subescalas de Secretaría-Intervención, desde el año 2006 a 2016, habiendo ejercido en cuatro ayuntamientos de la comunidad de Madrid; y secretario general desde 2016 hasta la actualidad en el Ayuntamiento de Collado Mediano.

OTROS ASUNTOS

También se ha aprobado el inicio de la licitación, por procedimiento abierto con pluralidad de criterios de adjudicación, para contratar el seguro colectivo de asistencia sanitaria para el personal al servicio del Ayuntamiento (salvo eventuales, directivos y cargos electos), por un importe de 1.741.080 euros (cantidad exenta de IVA) y una duración de un año, con posibilidad de prórroga.