Archivo - Imagen de archivo de la fachada del TSJA, en Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
MÁLAGA 1 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a un hombre por apropiarse de dos vehículos de alta gama, valorados en conjunto en más de 180.000 euros, tras ganarse la confianza de la administradora de una sociedad, propietaria de los coches, que pasaba por problemas económicos. No obstante, tras estimar en parte el recurso de la defensa, rebaja la pena.
Así, inicialmente se le condenó a cinco años y nueve meses de prisión por un delito de apropiación indebida y otro de desobediencia, pero el alto Tribunal andaluz estima parcialmente el recurso, de forma que le absuelve de este segundo delito y aplica la circunstancia que atenúa la pena del primero, por lo que le condena a tres años de cárcel.
El TSJA confirma en su sentencia el apartado de hechos probado de la resolución inicial dictada por la Audiencia de Málaga, que señalaba que los dos vehículos eran propiedad de una sociedad y en diciembre de 2013 la entonces administradora de dicha empresa los entregó en depósito para que procedieran a su venta a una entidad comercializadora.
El acusado, "conociendo las dificultades que tenía la empresa", se presentó ante la mujer como rescatador de sociedades en apuros y le hizo ver "su capacidad para que la sociedad saliera de la situación económica en que se encontraba logrando una situación de confianza con la administradora", que se veía reforzada al tener supuestamente un negocio en las inmediaciones.
En tal relación de confianza conociendo que la mujer había entregado los vehículos a un concesionario para su venta, le propuso llevarlos a otro lugar mejor, previa la reparación de los mismos. "Convencida en su buena fe" y de que el hombre pretendía ayudarla, autorizó la retirada que se realizó en abril de 2014, según consideró probado la Sala de Málaga.
"Cuantas veces le preguntó al acusado la señora por los vehículos le respondía que se encontraban o en su garaje o en la nave o en el taller", dice la resolución, en la que se precisa que en junio de 2015 un juzgado de Lo Mercantil declaró en concurso la sociedad de la mujer, nombrándose administradores y peritos judiciales de una empresa.
Se acordó el embargo judicial de dichos bienes, pero, señala la sentencia, "pese a los requerimientos que se realizaron, el acusado este nunca devolvió los vehículos, que hizo suyos, lo que constituía su intención desde su acercamiento a la señora, buscando su propio enriquecimiento y apoderándose también de otros bienes que no han ido objeto de reclamación por existir terceros hipotecarios".
Uno de los coche, un Aston Martin, ha sido tasado en 75.000 euros y el otro, de la marca Bentley, en 110.000 euros. Unos vehículos que "nunca más aparecieron", según la primera sentencia, en la que se absolvió a otro hombre acusado en esta causa, al confirmar como acreditado que este "se limitó a trasladar los vehículos donde le indicó su entonces jefe".
Ahora, el TSJA confirma los hechos probados y señala que el procesado "captó la voluntad de la entonces administradora de la mercantil", consiguiendo que "le confiase la posesión de los turismos en aras al comentado logro de una ventajosa venta, apropiándose en definitiva de ellos una vez que los tuvo consigo". Una apropiación que sirvió "para agravar la situación económica de la empresa".
Pero, estima en parte el recurso que presentó la defensa del acusado, al entender que se debe aplicar al hombre la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas en el delito de apropiación indebida, y también para absolverle del delito de desobediencia grave.