MÁLAGA 5 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga ha condenado a un hombre a una pena de dos años de prisión por lanzar un paraguas a un linier en un partido de fútbol que se celebraba en la localidad malagueña de Alozaina y ocasionarle diversas heridas. Además, se le impone el pago al perjudicado de una indemnización de 3.400 euros.
Los hechos sucedieron en marzo de 2009. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, pocos minutos antes de terminar el partido que se celebraba en el campo de dicho municipio, el acusado, que supuestamente estaba en la grada como espectador, lanzó un paraguas al linier, tras insultarle y amenazarle.
Según se declara probado, el acusado tiró el objeto "a modo de lanza" y por la espalda, golpeando al árbitro en el hombro y en la nuca. Como consecuencia, sufrió una contusión en el hombro, por lo que tuvo que llevar cabestrillo, y contusión cervical, que precisó collarín.
Asimismo, para la curación, el perjudicado requirió 60 días, de los que 48 fueron impeditivos, y necesitó, además, sesiones de ultrasonido en la zona afectada, quedándole como secuela dolor por la persistencia de la inflamación. Así, al acusado se le condena por un delito de lesiones.
El juez señala que el paraguas tiene la calificación que requiere el delito cuando "los efectos producidos por su uso revelan, sin duda alguna, su peligrosidad"; y, en este caso, "es clara la peligrosidad del instrumento, que queda acreditada por las consecuencias lesivas que su uso ha generado".
Para la condena en esta sentencia, que es recurrible, se ha tenido en cuenta los informes forenses que acreditan las lesiones, la declaración de un testigo imparcial que se encontraba en el partido y pudo ver al acusado cómo le lanzó el paraguas y le causó lesiones, así como la propia declaración del perjudicado.
Además de la pena de prisión, se impone al hombre 3.440 euros de indemnización, considerando responsable civil subsidiario a uno de los clubes de fútbol, como había pedido la acusación particular, dirigida por el letrado Dionisio Arcos; pero no al Ayuntamiento de Alozaina, al entender que se limitó a ceder el uso de las instalaciones.