Condenan a un hombre por hacer llamadas ofensivas a la sobrina de su pareja

Actualizado: miércoles, 13 mayo 2015 14:49

MÁLAGA, 13 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de multa impuesta a un hombre por hacer durante cuatro meses llamadas ofensivas y molestas desde su móvil con número oculto a la sobrina de su pareja. Así, se desestima el recurso presentado por la defensa y se ratifica la condena por una falta de vejaciones con carácter leve.

Según se declaró probado en la sentencia del juzgado, y consta en la de la Audiencia, el acusado, estuvo realizando este tipo de llamadas al móvil de la víctima desde noviembre de 2013 a febrero de 2014, comprobándose posteriormente que las llamadas fueron hechas desde el teléfono titularidad del denunciado.

Por estos hechos, se le condenó por una falta de vejaciones de carácter leve a una multa de 20 días, con una cuota diaria de 10 euros; es decir, al abono de 200 euros. Además, se le impuso el pago de una indemnización a la víctima de 250 euros por los perjuicios morales causados. Esta resolución fue recurrida por la defensa.

Pero el Tribunal de apelación ha rechazado el recurso interpuesto, al no apreciar error en la valoración de las pruebas, ya que, a pesar de que el denunciado ha negado haber realizado las llamadas, éste no señaló que hubiera perdido el teléfono ni que otros lo hayan podido utilizar.

Además, consta la declaración de la perjudicada, en la que dijo que en las llamadas el emisor "colgaba a los pocos segundos o le manifestaba frases obscenas"; las cuales han sido corroboradas por otros datos, como los listados.

También se ratifica la indemnización acordada para la víctima, por el "desasosiego" que padeció ante las "incesantes llamadas" que se realizaban a cualquier hora y que le provocaron "miedo e incluso pesadillas nocturnas".