Fiscalía pide cinco años de cárcel para el alcalde de Estepona por presunta malversación por una contratación

Archivo - El alcalde del municipio malagueño de Estepona, José María García Urbano, en una imagen de archivo.
Archivo - El alcalde del municipio malagueño de Estepona, José María García Urbano, en una imagen de archivo. - PP - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: martes, 27 enero 2026 17:30

MÁLAGA 27 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Málaga ha solicitado una pena de cinco años y medio de prisión para el alcalde de la localidad malagueña de Estepona (Málaga), José María García Urbano, al que acusa de los delitos de malversación y prevaricación en relación con la contratación supuestamente irregular de una mujer, a la que también acusa, como funcionaria eventual en el Ayuntamiento. También pide inhabilitación especial para cargo o empleo público durante diez años.

Así consta en el escrito de conclusiones iniciales del ministerio público, consultado por Europa Press, en el que solicita la apertura de juicio oral contra el regidor y la otra procesada, para la que pide una pena de tres años y medio de cárcel e inhabilitación para cargo y empleo público por ocho años, al acusarla de un delito de malversación de caudales públicos, en concepto de cooperadora necesaria.

Tras recibir el escrito del fiscal, la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia número 5 de Estepona ha acordado dar traslado a las defensas para que estas partes presenten sus conclusiones, según constan en una providencia del juzgado dictada esa semana.

Desde la defensa del regidor han señalado que "se trata de un disparate jurídico basado en una declaración falsa de una persona --la otra acusada-- que ha evidenciado la falsedad de sus declaraciones en otros procedimientos judiciales ya archivados". Además, han recordado que presentaron un recurso de apelación, solicitando el archivo de la causa, que tiene que resolver la Audiencia Provincial.

El escrito de la acusación pública señala que mediante decreto de febrero de 2023, García Urbano, "ejerciendo como alcalde", supuestamente procedió a contratar a la otra acusada como personal eventual adscrita al Área de Control Externo del Ayuntamiento, "con la que mantenía una relación sentimental, a sabiendas de que la misma nunca iba a desempeñar actividad laboral alguna".

En este sentido, se indica que esta supuestamente llegó a percibir una nómina correspondiente a febrero que ascendía a 1.634,64 euros y otra de 3.642,28 euros, del mes de marzo, "apropiándose la misma de tales cantidades sin contraprestación alguna, con el consiguiente perjuicio para el patrimonio municipal". El cese del cargo fue por decreto de ese mismo mes de marzo.

Añade el fiscal que consta instancia ante el Ayuntamiento de noviembre de 2025, acompañada de cheque bancario a favor del Ayuntamiento, por importe de 5.276,92 euros en concepto de retribución a esta mujer para que fuera ingresado en la Tesorería municipal y añade que no consta que haya sido ingresado de manera efectiva, por lo que como responsabilidad civil, en caso de no estar acreditado, pide que se indemnice con esta cantidad al Consistorio.

Asimismo, el escrito provisional de la Fiscalía señala que "no consta la cuantía a la que ascienden los pagos realizados por el Ayuntamiento de Estepona a la Tesorería de la Seguridad Social con ocasión de la ilegal contratación" de la acusada y pagos de las nóminas correspondientes a esos dos meses.

RESPUESTA DE LA DEFENSA DEL ALCALDE

Desde la defensa del alcalde han recordado que presentaron un recurso de apelación a la Audiencia Provincial, solicitando el archivo de la causa "al no existir ningún indicio delictivo contra el alcalde en la contratación de esa persona como cargo de confianza durante 46 días". Una petición de archivo que "está pendiente de resolver por la Audiencia Provincial".

El escrito sostiene que el auto de transformación del procedimiento del pasado 4 de diciembre "utiliza la declaración en calidad de testigo que esa misma persona formuló en otro procedimiento, que fue archivado de forma firme por la Audiencia Provincial al demostrarse la falsedad de las acusaciones".

Asimismo, argumentan que la declaración prestada por esa persona en condición de testigo "es nula al haber sido llamada posteriormente al procedimiento en condición de investigada". En esta última se acogió a su derecho a no declarar y no ratificó las declaraciones prestadas como testigo.

Al respecto, se añade que "se ha dedicado a denunciar al señor García Urbano cuantas veces ha podido, ya que su inveracidad no tenía consecuencias para ella. Pero, en el momento en que es llamada como investigada, se acoge a su derecho a no declarar, no ratificando por tanto las inveraces manifestaciones que efectuó como testigo".

"De forma que, la única declaración válidamente obtenida es aquella en la que se acogió a su derecho a no declarar, sin ratificar la prestada como testigo", han manifestado desde la defensa de García Urbano.

Recuerda que esta parte ya hizo "expresa advertencia del contrasentido y riesgo de vulneración de derechos fundamentales en el inicial momento en el que fue citada a declarar en calidad de testigo y, además, solicitó ser tenida como parte acusadora (perjudicada), pese a haber obtenido unos ingresos superiores a 5.000 euros, por el delito que ahora se le imputa; lo cual resulta sumamente sintomático del ánimo vindicativo que ha presidido su completo actuar, y que hace decaer que, en una valoración racional de la prueba, se puede tener por verdad lo que dijo contra el señor García Urbano".

Es más, la defensa esgrime que "si se pretendiese utilizar como fuente de prueba su testimonio en condición de testigo, esta declaración incurre en manifiesta incredibilidad subjetiva, careciendo por tanto de la mínima fiabilidad". "Y así ha de concluirse en atención a los siguientes hechos constatados", han apuntado.

En este punto, aluden a sus manifestaciones que "han quedado desmentidas por las diligencias ya practicadas en la denuncia que fue archivada, en lo que respecta a que no había ido al Ayuntamiento, a la duración del nombramiento y a la ocultación de que se sometió a una operación quirúrgica durante el periodo de vigencia del nombramiento y que, como se ha acreditado, no instó la baja ante el Ayuntamiento".

Asimismo, inciden en que esa persona "tiene un demostrado ánimo espurio contra el señor García Urbano, a quien denunció habiendo sido sobreseído el proceso incoado por falta de credibilidad de su versión acusatoria de las que trae causa el presente procedimiento". "Su vindicativo ánimo también fue puesto de manifiesto en que la normalidad de su nombramiento como asesora de confianza y del desarrollo de las funciones encomendadas nunca fue puesto en entredicho hasta bien avanzada la incoación de las diligencias".

También precisa que "la denuncia de su pareja que dio lugar a aquellas diligencias, a pesar de referirse con amplitud a ella, no contenía ni tan siquiera una alusión a esta contratación pretendidamente irregular" y añade que "ha sido representada y asesorada técnicamente por el mismo letrado que ejerce la acusación popular en este procedimiento en nombre del portavoz del Grupo Municipal Vox en el Ayuntamiento de Estepona, produciéndose una identificación entre sus planteamientos, lo que evidencia la ausencia de fiabilidad".

Por todo, la defensa sostiene que "la valoración racional de las diligencias practicadas, y, sobra decirlo, de la valoración de las diligencias lícitas, con estricta sujeción a criterios de racionalidad y rigor, sin dar pábulo a los postulados de acusaciones con intereses políticos y ajenos a los propios del proceso penal, arroja el resultado claro de la necesidad de archivar el procedimiento, ante la inexistencia de indicios delictivos".

"Se trata, como ya ha quedado demostrado, de una inadmisible e injusta campaña política y mediática, con el único objetivo, como así ha ratificado la justicia, de dañar la dignidad y trayectoria política del alcalde de Estepona, intentando apartarle del Ayuntamiento y de su compromiso con esta ciudad", han finalizado.

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