MALAGA 1 Feb. (EUROPA PRESS) -
El juez de la Audiencia Nacional Juan Del Olmo ha rechazado la cuestión de competencia por inhibitoria planteada por dos de los imputados en la trama de corrupción en el Ayuntamiento de Marbella (Málaga), en la que se solicitaba que se pidiera al Juzgado de Instrucción número 5 marbellí que se abstuviera de seguir conociendo el denominado caso 'Malaya' y lo remitiera a dicho órgano central.
En el auto del Juzgado Central de Instrucción número 6, al que tuvo acceso Europa Press, se indica que se atiende "al fundado dictamen" emitido el 15 de enero de este año por el fiscal, que entiende que debe rechazarse la inhibitoria. Además, el juez señala que suscitar esta cuestión implica "una alteración grave del sistema judicial de control", porque supone excluir al órgano jurisdiccional que tiene la investigación abierta "para que dé un respuesta fundada en derecho".
En su informe, el fiscal explica que la trama delictiva "se concentra" en el presunto cerebro Juan Antonio Roca "y en la posición predominante que el mismo logró en el Ayuntamiento de Marbella". En este punto, señala que "toda la trama dispuesta para nutrir ese patrimonio ilícitamente obtenido aparece concentrada en Marbella y su principal protagonista --Roca-- controla desde dicha ciudad tanto los distintos pagos que efectúan los otros imputados como los sucesivos pasos de la actividad municipal".
Además, apunta que en dicho municipio es "donde se han puesto de manifiesto las pruebas más significativas de los principales delitos imputados". En ese escrito, el fiscal dice que de lo actuado hasta el momento "no puede entenderse que se haya producido una grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional" en lo que al delito de maquinación para alterar el precio de las cosas se refiere, puesto que se circunscribe "a unas muy concretas adjudicaciones de servicios públicos".
Asimismo, en cuanto al blanqueo, el cohecho, la prevaricación o el tráfico de influencias, afirma que "difícilmente encajan" en lo contenido en la legislación sobre defraudaciones y asegura que "no está acreditada por el momento la cuantía de los bienes presuntamente malversados, pues no se ha realizado prueba pericial. Sobre el delito contra la Hacienda Pública, aunque sí existe un componente defraudatorio, se trata de una imputación "de carácter alternativo y subsidiario" a la previa por blanqueo, "sin que esté determinado aún el alcance de esa defraudación", señala.
Respecto al argumento de los imputados de que fue el interés general el que llevó a la disolución del Ayuntamiento, el fiscal dice que los hechos que justifican dicha medida "no pueden hacerse sin más coincidir con los que constituyen el objeto de la investigación". "Es la situación de vulneración sistemática de la legalidad, reiterada en el tiempo, por parte de la referida Corporación, la que va a determinar la iniciativa de su disolución".
Por último, reconoce el fiscal que existe una línea de investigación para descubrir la existencia de patrimonio oculto en el extranjero perteneciente a algunos de los implicados", pero apunta que no está concluida puesto que las comisiones rogatorias libradas "aún no se han cumplimentado por las autoridades requeridas al efecto".