Málaga.- Tribunales.- La Audiencia decide suspender, por el momento sin fecha, el juicio FARA

Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 29 mayo 2007 16:48

MÁLAGA 29 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal del denominado caso FARA (Federación Andaluza de Asociaciones Romaníes) decidió hoy suspender por el momento sin fecha la celebración del juicio. No obstante, la fecha se concretará en los próximos días a través de un auto, aunque fuentes judiciales dijeron que en la vista de esta mañana se apuntó a que podría posponerse hasta mayo del próximo año.

Según explicaron fuentes de las defensas, al no poderse garantizar que el acusado que se encontraba enfermo, que hoy tampoco acudió, pueda comparecer la próxima semana, cuando estaba prevista la continuación, se ha optado por suspender "sine die", comunicándose el nuevo señalamiento a través de un auto, en el que la Sala podría pronunciarse también sobre lo actuado hasta ahora.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que si la suspensión es por un tiempo demasiado largo "se declarará sin efecto la parte del juicio celebrada", por lo que, en este caso, el Tribunal tendría que resolver de nuevo las cuestiones previas, incluida la referente a las escuchas, que fueron anuladas. No obstante, la ley indica también que en el autos de suspensión "se determinará lo que corresponda para la continuación del juicio".

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, encargada del juicio por el presunto desvío de ayudas de organismos oficiales, admitió la pasada semana incluir en la causa documentación --facturas y justificantes-- que la Policía no se incautó de la sede del colectivo y que justificaría las subvenciones, según indicaron desde la defensa.

Al mismo tiempo, el Tribunal rechazó la petición del fiscal de realizar una información suplementaria, que supondría volver al juzgado de instrucción, para investigar sobre dicha documentación con declaraciones e informes policiales.

Previamente, la Sala había anulado las intervenciones telefónicas, al estimar las impugnaciones planteadas en las cuestiones previas por las defensas de los imputados, quienes consideraron que ni las solicitudes policiales ni los autos del juzgado en los que se autorizaron las intervenciones cumplían ninguno de los parámetros exigidos por la ley y apuntaron que el Tribunal Supremo anuló las escuchas que surgieron de un informe policial común con esta causa.

La Sección Segunda estimó, además, a través de un auto al que tuvo acceso Europa Press, la alegación presentada por la defensa de José Manuel E.P., acordando la prescripción del delito de falsedad en documento mercantil del que se le acusaba; aunque desestimó la impugnación presentada por otra parte respecto a la documentación incautada en el registro de la sede de la Federación.

La Fiscalía solicitaba en su escrito de acusación provisional un total de 89 años y medio de prisión para 16 procesados, aunque tras haberse sobreseído la causa contra uno, la pena de prisión solicitada era de 88 años. A los procesados se les acusa de los delitos de apropiación indebida de parte de subvenciones de organismos oficiales, falsedad en documento, amenazas, coacciones y blanqueo de capitales.

La acusación pública solicita para el presidente del colectivo desde 1998, Vicente R.A., conocido como 'El Querillo' y jefe de una de las familias que integran el clan de los 'Charros', un total de 12 años y medio por los delitos de apropiación indebida, con concurso con un delito contra la Hacienda, y amenazas y coacciones, al entonces consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.

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