Málaga.- Tribunales.- El fiscal pide al Tribunal del caso 'FARA' que no mantenga la nulidad de las escuchas telefónicas

Actualizado: martes, 5 junio 2007 19:33

MÁLAGA, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

El fiscal ha solicitado al Tribunal del denominado caso FARA (Federación Andaluza de Asociaciones Romaníes) que deje sin efecto la parte del juicio ya celebrada, incluida la nulidad de las escuchas telefónicas, de cara al juicio fijado para mayo de 2008, después de que las sesiones tuvieran que ser suspendidas hace una semana por enfermedad de uno de los acusados. Además, pide a la Sala que se manifieste sobre si se mantiene la admisión de determinada documental y que en caso afirmativo se realice una información suplementaria.

En el recurso de súplica presentado ante la misma Sala encargada del enjuiciamiento, al que tuvo acceso Europa Press, el fiscal pide que "se declare sin efecto la totalidad de lo actuado en las sesiones del juicio celebradas", que se corresponde con la decisión tomada por el Tribunal para resolver las cuestiones previas respecto a la nulidad de las intervenciones telefónicas y a la prescripción del delito en el caso de uno de los acusados.

Para ello, el ministerio público se basa en el artículo 749 que habla de los casos de suspensión "sin hacer distinción alguna del momento del juicio y sin distinguir entre cuestiones previas y fase de práctica de pruebas", aspectos en los que se basó la Sala para suspender las sesiones con validez de lo actuado. Así, estima que la suspensión de la vista oral se produjo "una vez iniciada la fase de aportación al juicio de nuevas pruebas".

En este sentido, precisa que el Tribunal "no hace pronunciamiento alguno" respecto a la aportación por parte de unas de las defensas de documentación encontrada en las oficinas de FARA "un mes antes", que fueron aceptadas. El fiscal dice que dicha aportación le produjo "sorpresa" puesto que "la oficina llevaba desprecintada más de seis años" y también "recelo", porque "el procedimiento está plagado de falsedades documentales para justificar subvenciones recibidas".

Entiende que la documentación aceptada "al menos alteraría" la cuantía de lo presuntamente apropiado por los acusados, cifrada en 1,2 millones de euros inicialmente; lo que "podría alterar las penas solicitadas a los autores del delito y las indemnizaciones pedidas". Por eso, reitera que en caso de que se den por aportados los documentos, se devuelva la causa al juzgado de instrucción para hacer una información suplementaria.

Dicha investigación debería consistir, según el ministerio público, en tomar declaración a la persona que encontró los documentos y a los policías que realizaron en su día el registro de la FARA; así como remitir los documentos a la Unidad de Policía Científica para comprobar su autenticidad y emitir un nuevo informe por parte de un perito sobre las sumas no justificadas y supuestamente apropiadas.

La Sala decidió mantener la nulidad de las escuchas practicadas en la instrucción de cara al juicio, que fijó a partir del 5 de mayo del próximo año. Así, entiende que el auto en el que se resolvieron las cuestiones previas, donde se determinó, entre otros aspectos, la nulidad de las intervenciones telefónicas, "no queda afectado", por la suspensión de la vista oral.

Previamente, la Sección Segunda anuló las escuchas telefónicas, al estimar las impugnaciones planteadas en las cuestiones previas por las defensas de los imputados, quienes consideraron que ni las solicitudes policiales ni los autos del juzgado en los que se autorizaron las intervenciones cumplían ninguno de los parámetros exigidos por la ley y apuntaron que el Tribunal Supremo anuló las escuchas que surgieron de un informe policial común con esta causa.

Asimismo, estimó la alegación presentada por la defensa de José Manuel E.P., acordando la prescripción del delito de falsedad en documento mercantil del que se le acusaba; aunque desestimó la tercera impugnación presentada por las defensas respecto a la documentación incautada en el registro de la sede de la Federación.

La Fiscalía solicitaba en su escrito de acusación provisional un total de 89 años y medio de prisión para 16 procesados, aunque tras haberse sobreseído la causa contra uno, la pena de prisión solicitada era de 88 años. A los procesados se les acusa de los delitos de apropiación indebida de parte de subvenciones de organismos oficiales, falsedad en documento, amenazas, coacciones y blanqueo de capitales.

La acusación pública solicita para el presidente del colectivo desde 1998, Vicente R.A., conocido como 'El Querillo' y jefe de una de las familias que integran el clan de los 'Charros', un total de 12 años y medio por los delitos de apropiación indebida, con concurso con un delito contra la Hacienda, y amenazas y coacciones, al entonces consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.