Tribunales.- Condenan a 17 años a un joven por asesinar a otro a la salida de una discoteca en Benalmádena

Actualizado: lunes, 18 mayo 2009 18:13

MÁLAGA, 18 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una pena de 17 años y medio de prisión a un joven, de 22 años y nacido en Mijas (Málaga), por el asesinato de otro, hecho ocurrido a la salida de una discoteca del municipio malagueño de Benalmádena en la madrugada del 18 de noviembre de 2007, por el que fue detenido también un menor de edad.

La sentencia se produce después de que un jurado declarara al acusado culpable de un delito de asesinato por mayoría de siete votos a dos, tras tener en cuenta la declaración de la testigo presencial de los hechos, quien testificó "de manera coherente" y señaló "sin dudas" al procesado como autor. Además, se le impone el pago de una indemnización a la familia de la víctima de 180.000 euros.

En la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, se declara probado, según el veredicto, que el acusado, junto con el menor de edad, que fue juzgado y absuelto por un juzgado de menores --aunque la sentencia está recurrida--, tuvieron una discusión en las inmediaciones de una discoteca de Benalmádena con dos parejas de jóvenes, conocidos de la víctima.

Como consecuencia, el acusado y su acompañante salieron huyendo y fueron perseguidos por los dos chicos, mientras que la novia de uno de ellos se había quedado sola y se encontró con la víctima, yendo ambos a buscar a los demás. Cuando se encontraron con el acusado y su amigo, el joven recibió del procesado una puñalada con una profundidad suficiente como para alcanzar el corazón a nivel del hemotórax.

A consecuencia de esto, el joven cayó al suelo, tras lo que el acusado, que "utilizó un arma blanca que no ha sido localizada", huyó junto con el menor hasta su vehículo, chocando luego con un bordillo de la acera al tratar de girar por una calle sin salida, momento en el que fueron detenidos por agentes de la Policía Local, quienes declararon que los dos jóvenes estaban escondidos.

El jurado rechazó la versión del procesado, quien dijo que tras el primer incidente se fueron al coche y, callejeando, tuvieron el accidente. La sentencia indica que ambos "no pudieron materialmente haberse dirigido directamente al vehículo porque no les habrían dejado sus perseguidores". Para el orden cronológico de los hechos se tuvieron en cuenta las horas de llamadas a los servicios médicos, en el caso de los amigos, y a la grúa por parte del acusado.

PRUEBA

El magistrado-presidente del Tribunal señala que "existe una contundente y decidida prueba directa contra el mismo representada por el testimonio de la testigo y otros elementos probatorios que podrían encuadrarse en la doctrina de prueba indiciaria". También se han tenido en cuenta que coincide esa testifical con testimonios de los policías de los detuvieron y del resto de jóvenes.

Asimismo, se argumenta que la muerte "se produjo de forma consciente y querida" y que el acusado asestó la puñalada de manera "súbita e inesperada, sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de defenderse", por lo que se le condena por un delito de asesinato.

El magistrado acuerda también deducir testimonio contra un testigo por un presunto delito de falso testimonio y otro de desobediencia por declarar que vio cómo fueron otras personas quienes apuñalaron al joven y desdecirse días más tarde, alegando que le habían amenazado de muerte para que testificara eso, aunque se negó a decir quién le hizo dichas amenazas.