Administradores de fincas andaluces señalan a los propietarios la necesidad de cumplir con las obligaciones fiscales

Archivo - Más de 3.500 autónomos sin trabajadores de 15 municipios piden a la Generalitat las ayudas para afectados de la dana
Archivo - Más de 3.500 autónomos sin trabajadores de 15 municipios piden a la Generalitat las ayudas para afectados de la dana - CAFINCAS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 23 enero 2026 10:59

SEVILLA 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo Andaluz de Administradores de Fincas Colegiados (Cafincas), con el inicio del nuevo ejercicio fiscal, ha informado a las comunidades de propietarios la necesidad de cumplir puntualmente con sus obligaciones tributarias ante la Agencia Tributaria, especialmente las que deben formalizarse durante el mes de enero.

Según ha explicado la entidad en una nota, el incumplimiento de estos trámites puede derivar en "importantes sanciones económicas" que, en función de la gravedad y cuantía, pueden llegar hasta los 20.000 euros. De este modo, las comunidades de propietarios, al igual que empresas o profesionales autónomos, están sujetas a determinadas obligaciones fiscales cuando realizan actividades económicas o perciben ingresos.

Desde el Consejo Andaluz se ha estimado que, aproximadamente, tres de cada diez comunidades en Andalucía se encuentran en esta situación, ya sea por el alquiler de elementos comunes, la percepción de subvenciones o la obtención de otros ingresos, lo que las obliga a presentar declaraciones tributarias específicas.

Para la entidad, el mes de enero es "especialmente relevante", ya que antes del día 31 deben presentarse las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio anterior. En concreto, aquellas comunidades que hayan obtenido ingresos superiores a 3.000 euros están obligadas a declarar las rentas obtenidas mediante el modelo 184 del IRPF.

Esta obligación afecta, entre otros supuestos, a ingresos procedentes del alquiler de espacios comunes o a determinadas ayudas públicas. En materia de IVA, las comunidades que desarrollen actividades sujetas a este impuesto --como el arrendamiento de zonas comunes para antenas de telefonía móvil, cartelería publicitaria u otros usos lucrativos-- deben presentar en este periodo el modelo 303 correspondiente al último trimestre del año anterior, así como el modelo 390 de resumen anual del IVA. El plazo para estas declaraciones finaliza el 30 de enero.

Desde el Consejo Andaluz de Administradores de Fincas se ha señalado, además, que las comunidades pueden aplicar deducciones del IVA soportado siempre que los gastos estén directamente relacionados con la actividad económica que genera los ingresos. No obstante, la normativa vigente mantiene exentos del IVA los ingresos derivados del alquiler de viviendas propiedad de la comunidad.

Por último, el Consejo ha subrayado el "papel fundamental" del administrador de fincas colegiado como profesional cualificado "para asesorar a las comunidades, garantizar el correcto cumplimiento de la normativa fiscal y evitar posibles sanciones". "Una gestión adecuada y preventiva es clave para la seguridad jurídica y económica de las comunidades de propietarios", ha concluido.

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