La Audiencia de Jaén rechaza el archivo de la denuncia por la cantera de la Fuente de la Peña

Acceso a la cantera de la Fuente de la Peña
Acceso a la cantera de la Fuente de la Peña - EUROPA PRESS
Publicado: domingo, 6 diciembre 2020 13:19

JAÉN, 6 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha rechazado el archivo de la denuncia referida a la cantera de la Quebrada, en la Fuente de la Peña y dentro del término municipal de Jaén. Atiende así al recurso del Ministerio Fiscal contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de Jaén de acordar el sobreseimiento provisional de la causa.

Fue el Ministerio Fiscal el que recurrió el sobreseimiento argumentando que el Juzgado no había practicado practicar la prueba pericial encaminada a determinar los costes de la restauración ambiental que precisa esta cantera ubicada en el término municipal de Jaén capital. Se trata de una prueba que estaba acordada y que Fiscalía considera esencial.

Fuentes judiciales han indicado a Europa Press que la causa será devuelta al Juzgado instructor para que complete la instrucción con la prueba pericial solicitada por el Ministerio Público. Al recurso de Fiscalía también se adhirió el Ayuntamiento de Jaén que está personado también en la causa.

Asimismo, está recurrido por el Ministerio Público y el Ayuntamiento de Jaén el archivo de la denuncia referida a la cantera La Imora, también situada en el término municipal de Jaén, aunque sobre este recurso todavía no se pronunciado la Audiencia.

En el auto de archivo provisional de la cantera de la Quebrada, el magistrado encargado de la instrucción rechaza el delito de prevaricación administrativa y establece que se trata de una explotación minera que "contó desde el principio con su pertinente autorización y que la prórroga se hizo en base a parámetros de legalidad".

No obstante, añade que "al tratarse de una cantera tan cercana al municipio de Jaén capital, quizás hubiera sido deseable someter la concesión de la prórroga a otros parámetros de oportunidad, necesidad o proporcionalidad, pero esto es ajeno al derecho penal".

Respecto del posible delito contra el medio ambiente o la ordenación del territorio, el magistrado entiende que "no está justificado ni indiciariamente acreditado y por tanto, no procede
continuar el procedimiento ni la consiguiente apertura de juicio oral".

En el caso de la Quebrada, fue la Fiscalía la que en mayo de 2018 había determinado que en la explotación de la cantera de la Fuente de la Peña había indicios de un delito continuado contra el medio ambiente y los recursos naturales, además de otro delito continuado contra la ordenación del territorio y el urbanismo, extremos que ahora rechaza el juez instructor.

En el relato de los hechos, la Fiscalía de Medio Ambiente recogía en su decreto que no se había cumplido con "la obligación de restaurar" ni por los titulares de la concesión y explotadores ni por el director técnico facultativo de la explotación, como responsable del cumplimiento del plan de restauración.

En este sentido, el Ministerio Público recogía que desde 2008 y hasta la actualidad no se han adoptado "medidas de restauración y correctoras de protección del entorno natural y del paisaje del monte público a que venían obligados en virtud del Plan de Restauración aprobado en el año 2008".

Las diligencias de investigación penal por parte de la Fiscalía fueron incoadas en 2017 en virtud de denuncia efectuada por la Asociación Ecologistas en Acción, y a la que se uniría otra denuncia formulada por la Asociación Iniciativas, Andamios para las Ideas.

Con estas dos denuncias se ponía de manifiesto ante la Fiscalía que podrían estar llevándose a cabo trabajos de extracción en la cantera careciendo de las licencias y autorizaciones preceptivas, con incumplimiento de la normativa urbanística, territorial y medioambiental. Además, se denunciaba la posible afección al conjunto rupestre 'Abrigos Fuente de la Peña' perteneciente al Patrimonio Inmueble de Andalucía y declarado Bien de Interés Cultural.

Fiscalía apuntaba que la actividad extractiva, apertura de caminos y movimiento de tierras se ha venido realizando desde el año 1981 y se ha mantenido durante la vigencia del PGOU de 1996 y el anulado de 2014 por los titulares de la concesión y explotadores de la Quebrada "careciendo de licencia municipal y contraviniendo la normativa urbanística, territorial y sectorial que no permite tales actividades y obras en el lugar en el que se han realizado" ya que se asienta sobre suelo no urbanizable de especial protección.

Asimismo sostenía que "todos los incumplimientos legales anteriormente relatados, ha generado unas afecciones, agravadas por la ausencia de medidas de corrección y de restauración y por el abandono de la cantera, que han de entenderse como muy graves y con riesgo de afecciones graves sobre el ecosistema global con potencial repercusión en el hombre".

Entre algunas de las repercusiones negativas para el Medio Ambiente, se establecía que la explotación de la cantera de la Quebrada y la extracción de caliza del monte publico, ha supuesto "un movimiento de grandes volúmenes de piedra que ha ocasionado una modificación de la topografía original del terreno". Además, la no realización de trabajos de restauración ha afectado al hábitat de interés comunitario identificado en la zona y se incluye también perjuicios para los anidamientos de águilas perdiceras.

El clamor por el cierre de la cantera, situada a menos de dos kilómetros del núcleo urbano, conllevó manifestaciones, recogida de firmas y múltiples protestas hasta que la Junta de Andalucía en junio de 2017 declaró la caducidad de la concesión de la cantera y por tanto, la paralización inmediata de la actividad.

A ello se sumaría en diciembre de 2017 la decisión del Ayuntamiento de Jaén de poner fin al aprovechamiento sobre la cantera de la Fuente de la Peña y de La Imora.

Tras los recursos de la empresa contra estas decisiones de la Junta y del Ayuntamiento, la causa sigue en manos de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y actualmente sigue sin haber actividad extractora.

LA IMORA

En mayo de 2018, la Fiscalía de Medio Ambiente remitió al Juzgado número 3 la denuncia de Ecologistas en Acción en la que se ponía de manifiesto los diversos daños que estaba provocando una cantera sobre el monte público de La Imora, en el término municipal de Jaén.

La remisión al juzgado se debía a que ya había una causa abierta en dicho juzgado como consecuencia de una denuncia previa interpuesta por el Ayuntamiento de Jaén ya que desde el consistorio en diciembre de 2017 se había puesto fin al aprovechamiento de la cantera y la empresa había vuelto a la actividad obviando esta cuestión.

En este caso, el juez instructor también consideró en su auto de archivo que no hay delito ni de desobediencia, ni de usurpación de bien inmueble, ni contra los recursos naturales y el medio ambiente, ni contra el patrimonio histórico.

Así, el auto de archivo provisional establece que "no se ha determinado que haya habido una afección vía pecuaria Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla". También recoge el juez que "han existido unos periódicos planes de restauración respecto de los cuales ha podido haber expedientes administrativos sancionadores en su caso, pero sin que aprecie la comisión de delito".

Además, el auto de archivo apunta que "no ha habido afección a los conjuntos rupestres protegidos que hay en el entorno de la explotación minera, los cuales presentan un estado de conversación muy malo pero por estar al aire libre sin protección 'muy expuestos a la intemperie'".

Sobre este archivo tendrá que pronunciarse también la Audiencia de Jaén puesto que al igual que en la causa de La Quebrada, fue recurrido por el Ministerio Público.