Condenada a prisión una acusada de agredir a dos ATS e intentar robar un bolso en el Reina Sofía

Hospital Universitario Reina Sofía
EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 5 julio 2015 4:15

CÓRDOBA, 13 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que condena a una mujer a un año de prisión, a pagar una indemnización de 420 euros y diez días de localización permanente, tras supuestamente agredir a dos ATS e intentar robar un bolso en el Hospital Reina Sofía de la capital cordobesa.

Según recoge la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, el día 1 de noviembre de 2007, la acusada, de unos 37 años de edad en el momento de los hechos, aprovechó que una mujer había salido de una habitación del centro hospitalario con el fin de ir al servicio, para presuntamente apropiarse de su bolso que había dejado encima de una silla de la habitación.

No obstante, la perjudicada vio que la acusada "se llevaba el bolso cuando salía de la habitación", por lo que le pidió que se lo devolviera, si bien se inició un forcejeo entre ambas, al tiempo que la afectada "comenzó a gritar solicitando ayuda", momento en el que llegaron al lugar dos ATS del centro hospitalario, con el fin de auxiliar a la mujer.

Mientras, según el relato de la juez, la acusada intentó quitarle unas tijeras a una de las ATS, sin conseguirlo, aunque supuestamente le dio un puñetazo en la cara. Además, la condenada cogió una manivela que estaba en el mostrador de las enfermeras y "la arrojó" contra la otra ATS.

Posteriormente, dos vigilantes de seguridad redujeron a la mujer y recuperaron el bolso, al tiempo que la detuvieron hasta que llegaron los agentes de la Policía Nacional. Entretanto, la procesada supuestamente amenazó de muerte a las ATS, que como consecuencia de estos hechos, resultaron con lesiones leves.

En concreto, la magistrada cree que los hechos que se han declarado probados son constitutivos de un delito de atentado a la autoridad, dos faltas de lesiones y una falta de hurto en grado de tentativa, no así de un delito de robo con violencia en las personas en grado de tentativa, según calificaba el Ministerio Público, que pedía penas por un total de tres años y tres meses de prisión. La defensa solicitó la absolución.

DECLARACIONES "COINCIDENTES"

En este sentido, la juez apunta que existe "prueba de cargo suficiente a los efectos de desvirtuar la presunción de inocencia", toda vez que las declaraciones de las testigos directas son "serias, congruentes y coincidentes, sin que conste tacha alguna de su credibilidad subjetiva".

Al respecto, considera "desvirtuada la presunción de inocencia" de la acusada, tras el análisis "conjunto y enfrentado" de toda la prueba practicada, al tiempo que cree que "no puede ser estimada" una atenuación de la responsabilidad criminal con base a circunstancias como la drogadicción o enfermedad, según aludió la defensa, "ante la ausencia de acreditación de prueba alguna al efecto".

De la misma manera, agrega la sentencia, "tampoco puede ser aplicada" la atenuante de dilaciones indebidas, "por cuanto la paralización del procedimiento por encontrarse la acusada en paradero desconocido y librarse la correspondiente requisitoria, no es retraso imputable a la tramitación de la causa", según la magistrada.