Trabajadora. - PARRADO ASESORES
GRANADA 7 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Social número 5 de Granada ha reconocido a una trabajadora de la Administración el grado de Incapacidad Permanente Absoluta, tras revertir el proceso llevado a cabo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de imponer un alta laboral sin pasar por las correspondientes revisiones médicas.
El despacho de Abogados Parrado Asesores ha logrado hacer prevalecer unos informes que no fueron tenidos en cuenta durante el proceso administrativo, y que reflejaban el padecimiento de fibromialgia en grado severo, fatiga crónica y trastorno depresivo mayor, entre otras.
Según señala el despacho en una nota, estas dolencias crónicas habían agudizado, en los últimos tiempos, otras patologías sufridas por la demandante, incluidas varias con tratamientos de salud mental, lo que hacía imposible el desarrollo de la actividad laboral con un mínimo de rendimiento y eficacia.
Además, había llevado a la trabajadora a tener "ideas suicidas", según plasmaban los informes médicos y la propia sentencia judicial.
El tribunal recoge la importancia de la documentación médica aportada y que fue rechazada por el INSS al otorgar una baja sin las revisiones oportunas.
"Es cierto que el médico evaluador considera que la actora presenta una limitación funcional grado uno, lo que evidentemente no le haría tributaria de IPA ni total, no obstante no podemos obviar los informes obrantes en las actuaciones emitidos por especialistas en los que se recoge (...) por el servicio de reumatología (...) que la paciente presenta una enfermedad crónica, fibromialgia con dolor, con dificultad para actividades de la vida cotidiana, depresión mayor y fatiga crónica con pérdida de memoria que empeora su situación, una patología irreversible", señala la sentencia.
Uno de los aspectos más innovadores de esta sentencia es que expone que, además de las dolencias que se hayan ido desarrollando en la vida de las personas afectadas y que le hayan ido afectando a su tarea laboral, la importancia radica en las secuelas, en las consecuencias que hacen que las limitaciones aumenten a la hora de desempeñar un trabajo.
Así lo corrobora el texto al citar que "resultan pues, indiferentes, las dolencias que aquejan al trabajador, siendo lo verdaderamente trascendente las secuelas que acredite, esto es, las limitaciones orgánico-funcionales que éstas producen, sean psíquicas o físicas".
Entre los diferentes grados de incapacidad o invalidez que prevé la legislación, a tenor de lo expuesto, el tribunal concede la Incapacidad Permanente Absoluta por "cubrir la situación del trabajador en la que esas limitaciones orgánico-funcionales le impiden realizar cualquier labor retributiva con un mínimo de rendimiento y profesionalidad".
La afectada, de 62 años y funcionaria, podrá solicitar prestación por el cien por cien de su base de cotización, en virtud de esta sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante la Sala Social del TSJA.