Facua cuelga un formulario en su web para que los usuarios de taxis de Córdoba y Sevilla denuncien las listas negras

Actualizado: jueves, 26 febrero 2009 14:24

CÓRDOBA, 26 Feb. (EUROPA PRESS) -

Facua-Consumidores en Acción hizo hoy un llamamiento a los usuarios supuestamente incluidos en listas negras creadas por emisoras de taxis en determinadas ciudades españolas, entre las que dicha organización cita a Córdoba y Sevilla, para que denuncien tal situación ante Facua, usando para ello un formulario colgado en la web de la propia asociación.

Según detalla Facua en su portal de Internet, dicho formulario se puede encontrar en la dirección 'Facua.org/listanegrataxi.pdf'. Los afectados pueden imprimirlo y rellenarlo introduciendo su nombre, DNI, dirección y los datos de la emisora de taxis que les denegó el servicio, para enviarlo a Facua, que se ocupará de dar traslado de las denuncias a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

A juicio de la organización de consumidores estas denuncias se hacen necesarias ante el hecho de que "ciertas emisoras de taxis tratan los datos de los usuarios que se dirigen a ellas para la confección de listas de clientes a los que niegan el servicio, con el argumento de que en alguna ocasión solicitaron un taxi y no esperaron hasta que llegase", dejando sin abonar dicho servicio, solicitado pero no disfrutado.

Ante tales hechos, recientemente Facua puso de manifiesto "las irregularidades que se están produciendo por parte de emisoras de taxis de Córdoba y Sevilla, lo que ha motivado la apertura de un expediente de oficio por la Agencia Andaluza de la Competencia".

La organización de consumidores demanda al sector del taxi el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y reclama a las administraciones autonómicas y locales que regulen las condiciones de estos servicios.

INFORME DE PROTECCIÓN DE DATOS

A petición de Facua, el gabinete jurídico de la AEPD elaboró un informe sobre el asunto, en el que señala que al contactar con una emisora de taxis, "el interesado deberá ser informado acerca del tratamiento" de sus datos personales, aunque sólo se trate del "número telefónico del solicitante y de su dirección". Esta información previa a la recogida de los datos debe facilitarse "de modo expreso, preciso e inequívoco".

Así, el usuario deberá ser informado, entre otras cosas, "de la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos, de los destinatarios de la información" y "de las consecuencias de la obtención de los datos", así como "de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición".

"En segundo término", continúa la Agencia, "dicho tratamiento deberá respetar el principio de conservación", el cual está previsto en el artículo 4.5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Éste indica que "los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados o registrados".

"Como regla general", advierte el informe de la AEPD, "el dato deberá haber sido cancelado una vez concluido el servicio, por lo que no sería posible su conservación y aún en menor medida su inclusión en una 'lista negra'".

Así, la Agencia advierte que sólo podrán conservarse los datos si "el interesado accediese". Y únicamente sería legal utilizar esa información para negar el servicio en el futuro si el usuario es informado por la emisora de taxis que "las condiciones para la prestación del servicio exigen que el interesado en caso de rechazar aquél informe a la compañía de esta circunstancia, quedando informado expresamente de que en caso de no cumplirse esas condiciones será posible la denegación del servicio en posteriores ocasiones".

REGULACIÓN NECESARIA

Por último, Facua opina que, independientemente de los elementos en materia de protección de datos que deben cumplir las emisoras de taxis, "resulta fundamental que las autoridades competentes en materia de Consumo o Transportes regulen sus condiciones contractuales y parámetros de calidad, ya que se trata de un servicio público".

Así, la asociación considera necesario regular que en el momento de solicitar un taxi, las emisoras deban informar al usuario del tiempo máximo que consideran que tardará en llegar para que éste decida si quiere o no el servicio, además de identificarle al taxi que lo recogerá, con la matrícula o el número de licencia. Si posteriormente, por la situación del tráfico, el vehículo va a retrasarse, la emisora tendría que contactar con el cliente para advertirle del imprevisto y conocer si continúa deseando el taxi.

Facua advierte que "la pretendida imposición del cobro del servicio o una penalización a los usuarios que deciden dejar de esperar supone una cláusula abusiva, que implica una situación de claro desequilibrio entre las partes, según el artículo 82 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre)". Y es que, "cuando el usuario espera un plazo excesivo, las emisoras no le ofrecen por su parte ningún tipo de contraprestación, como podría ser un descuento en la tarifa".